Causa nº 21986/2014 (Otros). Resolución nº 59069 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Abril de 2015
Fecha de Resolución | 21 de Abril de 2015 |
Movimiento | RECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA |
Rol de Ingreso | 21986/2014 |
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación | 37-2014 C.A. de Santiago |
Rol de Ingreso en Primer Instancia | O-3251-2013 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO |
Emisor | Sala Cuarta (Mixta) |
Santiago, veintiuno de abril de dos mil quince.
Vistos y teniendo presente:
Que en estos autos RIT O-3.251-2013 del Primer Juzgado del Trabajo de Santiago, caratulados “Barrientos con R.S.A.”, la demandante deduce recurso de unificación de jurisprudencia en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, por la que se rechazó el recurso de nulidad que la misma parte interpuso contra el fallo del grado, el que, a su vez rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por accidente de trabajo incoada por la actora.
Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 483 A del Código del Trabajo, el recurso de que se trata debe contener fundamentos, una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de la materia de derecho de que se trate, sostenidas en diversos fallos emanados de tribunales superiores de justicia y que haya sido objeto de la sentencia contra la que se recurre y, por último, se debe acompañar la copia del o de los fallos que se invocan como fundamento.
Que, de la lectura del arbitrio que se examina, se desprende que la materia de derecho que se trae a esta sede para los efectos de la uniformidad cometida a esta Corte por el legislador laboral, está constituida por determinar si en el régimen de responsabilidad adicional establecido en el artículo 69 de la Ley N° 16.744, en relación con el artículo 184 del Código del Trabajo, es necesario que concurra la culpa y si ésta se manifiesta en la inobservancia o incumplimiento del deber de protección que impone al empleador el citado artículo 184, en el sentido de tener que adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.
Que, en la sentencia impugnada pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al hacerse cargo de las dos causales de nulidad invocadas por la demandante –artículos 478 letra c) y 477, ambos del Código del Trabajo, esta última por infracción de los artículos 69 de la Ley N° 16.744 y 184 del Código referido- se sostiene que, efectivamente, en el régimen de responsabilidad complementario derivado de la disposición del artículo 69 letra b) de la Ley N° 16.744, resulta necesario que concurra la culpa del empleador y ella se manifiesta, precisamente, en la inobservancia del deber de protección que le impone el artículo 184 del Código del Trabajo...
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