Decreto 686 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL, EN LAS BANDAS DE FRECUENCIAS 1.865 - 1.870 MHZ, 1.885 - 1.895 MHZ, 1.945 - 1.950 MHZ, Y 1.965 - 1.975 MHZ A LA EMPRESA BELLSOUTH COMUNICACIONES S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242341454

Decreto 686 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL, EN LAS BANDAS DE FRECUENCIAS 1.865 - 1.870 MHZ, 1.885 - 1.895 MHZ, 1.945 - 1.950 MHZ, Y 1.965 - 1.975 MHZ A LA EMPRESA BELLSOUTH COMUNICACIONES S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL, EN LAS BANDAS DE FRECUENCIAS 1.865 - 1.870 MHZ;

1.885 - 1.895 MHZ; 1.945 - 1.950 MHZ; Y 1.965 - 1.975 MHZ A LA EMPRESA BELLSOUTH COMUNICACIONES S.A.

Santiago, 12 de noviembre de 2003.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 686.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

  2. La Ley Nº18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. El Nº1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.

  4. El decreto supremo Nº28 de 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

  5. La resolución exenta Nº1.275 de 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de concesión.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel Nº38.442 de 29.09.2003.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la

    publicación en extracto de la solicitud de modificación de la concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa BellSouth Comunicaciones S.A., RUT Nº87.845.500-2, con domicilio en Avenida El Bosque Sur Nº90, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Instalar, operar y explotar dos (2) estaciones bases, cuyas características técnicas son las siguientes:

      NOTA: VER D.O. DEL 15.12.2003, PAGINA 22

      Las estaciones base se construirán sobre infraestructura existente.

    2. Instalar, operar y explotar una (1) estación repetidora, cuyas características técnicas son las siguientes:

      NOTA: VER D.O. DEL 15.12.2003, PAGINA 22

      Las estaciones se conectarán a través de medios propios o contratados a concesionarios de servicios intermedios de telecomunicaciones.

    3. - Los plazos para el inicio y término de la construcción de las obras, así como para el inicio del servicio, serán los que se indican a continuación: NOTA: VER D.O. DEL 15.12.2003, PAGINA 22

      Todos los plazos expresados son máximos y serán contados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del Decreto que autorice la respectiva modificación de concesión.

    4. - Apruébase el proyecto...

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