Banco Santander-Chile - Prado - 1 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875334879

Banco Santander-Chile - Prado

Fecha de publicación01 Septiembre 2021
Número de registroCVE-1998847
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.043
CVE 1998847 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.043 | Miércoles 1 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 1998847
NOTIFICACIÓN
Ante Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409, 4º piso, Causa
C-31778-2019, caratulada “Banco Santander-Chile con Prado” mediante resolución de 16 de
agosto del 2021 del cuaderno de gestión preparatoria, se ordenó notificar por avisos a doña
Carolina Soledad Prado Román, r. u. n.: 12.465.573-0, lo siguiente: Se presentó Roberto Grant
del Río, abogado, con domicilio en Morandé Nº322, Of. 502, Santiago, en representación
convencional del Banco Santander Chile, según acreditará, sociedad anónima bancaria,
representada por su Gerente General don Miguel Arturo Mata Huerta, ingeniero, estos
domiciliados en Santiago, calle Bandera Nº 140, piso 17, en los autos caratulados “Banco
Santander-Chile con Prado”, causa Rol C-31.778-2019, a S.S. respetuosamente digo: Que vengo
en interponer demanda notificación de desposeimiento en contra de doña Carolina Soledad Prado
Román, ignoro profesión, con domicilio en el lote Nº14, del plano de subdivisión del lote tres, de
la división de la hijuela el Quilal del fundo Las Encinas, comuna de Colina, fundado en los
antecedentes que expongo: El Banco que represento intentará ejercer sus acciones reales en
contra de doña Carolina Soledad Prado Román, ya individualizada, en virtud de ser este el actual
poseedor de un inmueble hipotecado a su favor en garantía de las obligaciones contraídas con mi
representado por don Alejandro Ignacio Jamett Méndez, cuyos títulos son los siguientes: 1.
Pagaré suscrito por mandato del deudor a su orden por la suma de $4.681.000.-, con vencimiento
el día 06 de septiembre de 2019, que el deudor recibió en préstamo. La cantidad adeudada
devenga desde la mora o retardo y hasta la fecha de pago, el máximo interés que la ley permite
estipular para este tipo de operaciones. El Banco quedó liberado de la obligación de protesto. El
pagaré fue suscrito por mandato del deudor por Santander Gestión de Recaudación y Cobranzas
Limitada, del giro de su denominación, representada por doña Katherine Guardia Morales,
empleada, con domicilio en Matías Cousiño Nº 199, comuna de Santiago, y su firma está
autorizada por un notario. Dicho pagaré fue emitido de conformidad a “Línea de Crédito
Privilegiada”, contrato de Cuenta Corriente de Crédito, Nº14, suscrito por el deudor. El préstamo
hasta la fecha no ha sido solucionado, razón por la cual se adeuda al Banco que represento la
suma de $4.681.000.-, más intereses correspondientes. 2. Pagaré suscrito por mandato del deudor
a su orden por la suma de $18.617.674.-, con vencimiento el día 06 de septiembre de 2019, que
el deudor recibió en préstamo. La cantidad adeudada devenga desde la mora o retardo y hasta la
fecha de pago, el máximo interés que la ley permite estipular para este tipo de operaciones. El
Banco quedó liberado de la obligación de protesto. El pagaré fue suscrito por mandato
del deudor por Santander Gestión de Recaudación y Cobranzas Limitada, del giro de su
denominación, representada por doña Katherine Guardia Morales, empleada, con domicilio en
Matías Cousiño Nº 199, comuna de Santiago, y su firma está autorizada por un notario. Dicho
mandato consta en el Contrato de Apertura de Crédito en Moneda Nacional y Afiliación al
Sistema y Uso de Tarjetas de Crédito Mastercard, conforme al mandato contenido en el Nº25
letra A, suscrito por el deudor. El préstamo hasta la fecha no ha sido solucionado, razón por la
cual se adeuda al Banco que represento la suma de $18.617.674.-, más intereses
correspondientes. 3. Pagaré suscrito por mandato del deudor a su orden por la suma de
$24.013.177.-, con vencimiento el día 06 de septiembre de 2019, que el deudor recibió en
préstamo. La cantidad adeudada devenga desde la mora o retardo y hasta la fecha de pago, el
máximo interés que la ley permite estipular para este tipo de operaciones. El Banco quedó
liberado de la obligación de protesto. El pagaré fue suscrito por mandato del deudor por
Santander Gestión de Recaudación y Cobranzas Limitada, del giro de su denominación,
representada por doña Katherine Guardia Morales, empleada, con domicilio en Matías Cousiño
Nº 199, comuna de Santiago, y su firma está autorizada por un notario. Dicho mandato consta en
el Contrato de Apertura de Crédito en Moneda Nacional y Afiliación al Sistema y Uso de
Tarjetas de Crédito Mastercard, conforme al mandato contenido en el Nº25 letra A, suscrito por
el deudor. El préstamo hasta la fecha no ha sido solucionado, razón por la cual se adeuda al

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