Banco Santander-Chile - Industrial y Servicios SpA - 15 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 907433162

Banco Santander-Chile - Industrial y Servicios SpA

Fecha de publicación15 Julio 2022
Número de registroCVE-2154271
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.303
CVE 2154271 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.303 | Viernes 15 de Julio de 2022 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2154271
NOTIFICACIÓN
Ante este 25º Juzgado Civil de Santiago, comparece Sergio Yávar Carberry, abogado,
mandatario judicial del Banco Santander Chile, sociedad anónima bancaria, domiciliados en
Bandera Nº140, Santiago, expone: Entabla demanda en juicio sumario terminación contrato de
arrendamiento contra Industrial y Servicios SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol
Único Tributario 76.164.562-5, en su calidad de arrendataria, y en contra de doña Macarena del
Carmen Savich Nicolichi, cédula de identidad número 15.388.761-6, factor de comercio, en su
calidad de fiadora y codeudora solidaria; señala que por escritura privada escritura protocolizada
de 27 de diciembre de 2018, autorizada ante notario público, el Banco Santander Chile dio en
arrendamiento a Industrial y Servicios SpA, el siguiente bien mueble: Máquina Chipeadora,
marca Lippel, modelo: PFL300x500 m, año 2018, nueva y sin uso, para la reducción de material
voluminoso. El plazo del contrato de arrendamiento fue de 37 meses contados desde la fecha en
que el proveedor entregue a la arrendataria el bien arrendado. La entrega del bien arrendado se
efectuaría a la arrendataria por parte del proveedor en Coyancura Nº 2270, oficina 801, comuna
de Providencia, Región Metropolitana. La primera renta del arrendamiento fue la suma de
$8.200.000.- Las siguientes 36 rentas de arrendamiento ascienden a $2.565.287.- y serán pagadas
por la arrendataria por períodos mensuales anticipados, a partir de 30 días después de la fecha de
entrega del bien arrendado. La arrendataria no pagó la renta de arrendamiento correspondiente al
mes de mayo de 2019 en adelante, por lo cual adeuda al día de hoy la suma de $20.522.296.-, por
concepto de rentas de arrendamiento impagas. Cualquier pago que la arrendataria efectúe con
posterioridad a la fecha de pago pactada se recargará con los intereses máximos que es permitido
estipular para operaciones reajustables sobre el total de la obligación insoluta y hasta la fecha de
su pago efectivo. El incumplimiento de una cualquiera de las obligaciones que corresponden a la
arrendataria, especialmente la falta de pago oportuno de una cualquiera de las rentas de
arrendamiento, facultaba al Banco Santader-Chile para dar por terminado ipso-facto el contrato,
sin necesidad de trámite o declaración judicial alguna y, por lo tanto, a exigir la inmediata
devolución de los bienes arrendados, el pago de la totalidad de las rentas de arrendamiento
vencidas y, en concepto de cláusula penal por los perjuicios avaluados anticipadamente y de
común acuerdo por las partes el 50% de las rentas que se encontraban pendientes de vencimiento
a la época del incumplimiento. En consecuencia, por concepto de cláusula penal la arrendataria
adeuda la suma de $43.609.879.- A fin de garantizar el íntegro y cumplido pago de lo adeudado
Macarena del Carmen Savich Nicolichi, se constituyó en fiadora y codeudora solidaria, de todas
y cada una de las obligaciones de que da cuenta el contrato singularizado. Las partes fijaron
domicilio especial en la ciudad de Santiago y prorrogaron expresamente la competencia para ante
sus tribunales ordinarios de justicia. Por tanto, en mérito de lo expuesto, y de conformidad a lo
prescrito en los artículos 607 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Ruego a Us.: Se
sirva tener por interpuesta demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de
rentas en contra de la sociedad Industrial y Servicios SpA, representada por doña Macarena del
Carmen Savich Nicolichi, en carácter de arrendataria, y en contra de doña Macarena del Carmen
Savich Nicolichi, en sus calidad de fiadora y codeudora solidaria, ambas ya individualizadas;
citar a las partes al comparendo de contestación, conciliación y prueba a realizarse el quinto día
después de notificada la demanda y, en definitiva acogerla en todas sus partes declarando: a) La
terminación inmediata del contrato de arrendamiento singularizado en lo principal, ordenando la
restitución del bien arrendado dentro del plazo de tercero día después de dictada la sentencia
definitiva; b) Que se condena a las demandadas al pago de las rentas de arrendamiento impagas
que ascienden actualmente a la suma de $20.522.296.-, más los intereses máximos
convencionales para operaciones reajustables calculadas al vencimiento de cada cuota sobre el
total de la obligación insoluta y hasta la fecha de su pago efectivo y que se condena a las
demandadas, al pago de una indemnización de perjuicios avaluada anticipadamente por las partes
bajo la forma de cláusula penal, suma que asciende a la cantidad de $43.609.879.- c) Que se

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