Banco Santander-Chile - Comercializadora de Maderas del Árbol Limitada y otro - 15 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876839385

Banco Santander-Chile - Comercializadora de Maderas del Árbol Limitada y otro

Fecha de publicación15 Octubre 2021
Número de registroCVE-2023620
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.078
CVE 2023620 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.078 | Viernes 15 de Octubre de 2021 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 2023620
NOTIFICACIÓN
Primer Juzgado Civil de Chillán, en autos Rol C-1518-2021, sobre procedimiento ejecutivo,
caratulada “Banco Santander-Chile con Comercializadora de Maderas del Árbol Limitada y
Otro”. En lo principal: Demanda ejecutiva y solicita se despache mandamiento de ejecución y
embargo.- Primer otrosí: señala bienes para la traba del embargo.- Segundo otrosí: designa
depositario provisional. Tercer otrosí, acompaña documentos con citación y solicita su custodia.-
Cuarto otrosí, acompaña personería, con citación.- Quinto otrosí: Se tenga presente.-. S.J.L. Civil
Manuel Carrasco Contreras, Abogado, domiciliado en Chillán, calle 18 de Septiembre 671,
oficina 403, en mi calidad de mandatario judicial y en representación, según acreditaré, de Banco
Santander-Chile, sociedad anónima bancaria, representada legalmente por don Miguel Arturo
Mata Huerta, ingeniero industrial, cédula de identidad Nº 9.496.096-7, en su calidad de gerente
general, ambos domiciliados en calle Bandera Nº 140, Santiago, a U.S. respetuosamente digo: La
sociedad Comercializadora de Maderas del Árbol Limitada, persona jurídica de derecho privado,
del giro de su denominación, representada por don Freddy Javier Orellana Araya, ignoro
profesión, en su calidad de deudora principal y don Freddy Javier Orellana Araya, ignoro
profesión, en su calidad de aval, fiador y codeudor solidario, todos los demandados con
domicilio en Panamericana Sur Kilómetro 380, de la comuna de San Carlos, adeudan al Banco
Santander-Chile, el importe de un pagaré que tiene la siguiente singularización: Pagaré Corfo
Inversión y Capital de Trabajo Nº 420019355658, suscrito por don Freddy Javier Orellana
Araya, en representación de la sociedad Comercializadora de Maderas del Árbol Limitada, a la
orden del Banco Santander-Chile, con fecha 08/08/2019, por la suma de $53.539.000.- por
concepto de capital, pagadero conjuntamente con los intereses correspondientes, en 47 cuotas
mensuales, sucesivas e iguales de $1.411.723.- cada una con vencimiento los días 09 de cada
mes, a contar del 09/09/2019 y hasta el 10/07/2023, y una última de $1.411.741.- con
vencimiento el 09/08/2023. Suscribió además dicho pagaré en su calidad de aval, fiador y
codeudor solidario don Freddy Javier Orellana Araya, ya individualizado.- Se determinó que el
presente pagaré estaría afecto a la garantía del “Fondo de Garantía para Inversión” y a las normas
que regulan dicho Fondo. Asimismo, los demandados se obligaron a destinar la suma recibida a
Inversión, facilitando al Banco el control de la inversión. Se estipuló en el pagaré que la suma
prestada devengaría un interés del 0,99% mensual vencido, calculado en base a meses de 30 días
y por el número de días efectivamente transcurrido, sin perjuicio del interés en caso de mora,
simple retardo o prórroga. Además, los demandados se obligaron a pagar al Banco una comisión
anticipada equivalente al 1,4% por año o fracción del año, sobre el saldo del capital garantizado,
que el Banco debía recaudar para el Fondo, y que caucionaría el crédito documentado en el
pagaré con una tasa del 70% sobre el saldo de capital adeudado. Por Anexo Nº 420019783293
del Pagaré individualizado anteriormente, suscrito por don Freddy Javier Orellana Araya, en
representación de la sociedad Comercializadora de Maderas del Árbol Limitada, con fecha
25/03/2020, de conformidad al artículo 16 de la Ley 18.092, en relación con el artículo 107 del
mismo cuerpo legal, se alteró el texto del pagaré, de acuerdo a lo siguiente: El saldo de capital
adeudado al día 25/03/2020, ascendía a $49.095.622 y sería pagado conjuntamente con los
intereses devengados en 92 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $794.435.- cada una de
ellas, con vencimiento los días 15 de cada mes, a contar del día 15/06/2020 y, hasta el
17/01/2028, y una última cuota por la suma de $794.487.- con vencimiento el día 15/02/2028.
Suscribió además dicho anexo de pagaré en su calidad de aval, fiador y codeudor solidario don
Freddy Orellana Araya, ya individualizado.- A partir del 25/03/2020 y hasta su vencimiento, el
saldo de capital adeudado devengaría un interés del 0,89% mensual vencido, calculado en base a
meses de 30 días y por el número de días efectivamente transcurrido, sin perjuicio del interés en
caso de mora, simple retardo o prórroga. Los suscriptores debían pagar la diferencia de comisión
que se generaría por las nuevas condiciones del crédito que por el anexo de pagaré se
reprogramó, en el caso que las hubiese. Estas diferencias de comisión deberían ser pagadas por el

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