Banco Internacional - Agrícola Valle de Santa Amalia - 1 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 942250081

Banco Internacional - Agrícola Valle de Santa Amalia

Número de registroCVE-2367154
Fecha de publicación01 Septiembre 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.642
CVE 2367154 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.642 | Viernes 1 de Septiembre de 2023 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2367154
NOTIFICACIÓN
23° Juzgado Civil de Santiago, rol: C-8044-2021, "Banco Internacional con Agrícola Valle
de Santa Amalia": comparece Hugo Eduardo Larraguibel Arroyo, abogado, representante Banco
Internacional, sociedad anónima bancaria, gerente general y representante legal es Mario
Chamorro Carrizo, expone que deduce demanda en juicio ejecutivo contra de Agrícola Valle de
Santa Amalia SpA, RUT N° 76.218.390-0, indistintamente por Tomás Del Campo Dutrey, y/o
por Jorge Dutrey Ossa, en calidad de deudora directa, y en contra de b) Tomás Del Campo
Dutrey, se ignora profesión u oficio, RUT N° 13.025.993-6, contra c) Jorge Dutrey Ossa, se
ignora profesión u oficio, RUT 12.861.540-7, y contra d) Inversiones DCD Limitada, del giro de
su denominación, RUT N° 79.779.900-9, representada por Tomás Del Campo Dutrey, ya
individualizado, en su calidad de avalistas, fiadores y codeudores solidarios de cada una de las
obligaciones de la suscriptora del pagaré. Funda demanda, su representado es beneficiario del
pagaré a la orden N° 2277828, suscrito por Agrícola Valle de Santa Amalia SpA, ya
individualizada, y de acuerdo con el cual, se obligó a pagar a mi mandante la suma de UF 29.500
de capital más el interés determinado en el documento, ascendente a 4,9% anual. El pago del
capital se efectuaría mediante el pago de 9 cuotas semestrales, las cuotas N° 1, 2, 4, 6 y 8 sólo de
intereses, las cuotas 3, 5, y 7 de capital por UF 2.882,400 más intereses y la cuota 9 de capital
por UF 20.852,800 más intereses, venciendo la primera cuota el día 1 de junio de 2017. La deuda
señalada se encuentra en mora desde el día 1 de junio de 2021, por lo que se adeuda a dicho día
en saldo de capital, la suma de UF 20.852,800, más los intereses que corran entre la fecha de la
mora y la de su pago efectivo. Consta además del pagaré y su hoja de prolongación, que a)
Tomás Del Campo Dutrey, b) Jorge Dutrey Ossa, e c) Inversiones DCD Limitada, representada
por Tomás Del Campo Dutrey, ya individualizados, todos con los mismos domicilios de la
deudora directa, se constituyeron en avalistas, fiadores y codeudores solidarios de cada una de
las obligaciones de la suscriptora del pagaré. Se estableció en el pagaré que su no pago íntegro y
oportuno daría derecho a exigir, entre el día del simple retardo y la fecha del pago, a elección de
éste, el interés máximo convencional o el interés corriente que corresponda, y que estuviere
vigente durante el tiempo de la mora o simple retardo. Las firmas fueron autorizadas por un
notario público, por lo que los documentos tienen mérito ejecutivo en su contra. La deuda es
líquida y actualmente exigible, y no está prescrita la acción ejecutiva de que dispone mi parte
para exigir su cumplimiento forzado. Pide: tener por deducida demanda ejecutiva en contra de a)
Agrícola Valle de Santa Amalia SpA, RUT N° 76.218.390-0, representada indistintamente por
Tomás Del Campo Dutrey, y/o por Jorge Dutrey Ossa, en su calidad de deudora directa, y en
contra de b) Tomás Del Campo Dutrey, RUT N° 13.025.993-6, contra c) Jorge Dutrey Ossa,
RUT 12.861.540-7, y contra d) Inversiones DCD Limitada, RUT N° 79.779.900-9, representada
por Tomás Del Campo Dutrey, ya individualizado, en su calidad de avalistas, fiadores y
codeudores solidarios, todos ya individualizados, y despachar mandamiento de ejecución y
embargo en su contra por la suma equivalente en pesos moneda de curso legal a UF 20.852,800
(equivalentes a modo referencial al día 1 de septiembre de 2021 a $624.390.803), ordenando que
se prosiga la ejecución hasta el pago efectivo y total de lo que se debe, con intereses penales,
reajustes y costas. Primer otrosí: acompaña documentos. Segundo otrosí: téngase presente.
Tercer otrosí: patrocinio y poder. Tribunal proveyó 5 octubre 2021: Proveyendo demanda de
folio 1: A lo principal: despáchese. Al primer otrosí: por acompañado el pagaré, a sus autos; y,
por acompañado el documento que acredita personería, con citación. Al segundo otrosí: téngase
presente. Al tercer otrosí: como se pide, téngase presente patrocinio y poder. Tribunal
confeccionó mandamiento 5 octubre 2021: Requiérase a Agrícola Valle de Santa Amalia
Limitada, representada legalmente por don Tomás Del Campo Dutrey y/o don Jorge Dutrey
Ossa, y a don Tomás Del Campo Dutrey, don Jorge Dutrey Ossa e Inversiones DCD Limitada,
representada legalmente por don Tomás Del Campo Dutrey, en calidad de avales y codeudores

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