Banco del Estado de Chile - Sociedad Transportes y Maquinarias Iván Pozas Mora Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - 15 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 914665215

Banco del Estado de Chile - Sociedad Transportes y Maquinarias Iván Pozas Mora Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Fecha de publicación15 Noviembre 2022
Número de registroCVE-2214478
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.401
CVE 2214478 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.401 | Martes 15 de Noviembre de 2022 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 2214478
NOTIFICACIÓN
En causa Rol C-497-2021 del 1° Juzgado Civil de Temuco se ha ordenado notificar por
avisos Sociedad Transportes y Maquinarias Iván Pozas Mora Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada, RUT N° 76.284.273-4 representada legalmente por Iván Rodrigo
Pozas Mora y en calidad de avalista y codeudor(a) solidario(a), por Iván Rodrigo Pozas Mora,
RUT N° 13.094.129-K y doña Levierh Levierh Karen Nataly 15.651.812-3 siguiente demanda
ejecutiva extractada: En Lo Principal: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y
embargo. Primer Otrosí: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia.
Segundo Otrosí: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. Tercer Otrosí: Se
tenga presente. Cuarto Otrosí: Solicitud que indica. Quinto Otrosí: Patrocinio y poder. S.J.L.
Civil Felipe Andrés Cataldo Moya, Abogado, mandatario judicial en representación
convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, según se
acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 19 de Noviembre de 2020, otorgada
ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, que acompaño en un otrosí de
esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º,
Comuna de Santiago, a US. respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de
Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito
en calidad de deudor principal por Transportes y Maquinarias Iván Pozas Mora Empresa
Individual de Responsabilidad Limitada, ignoro giro, representada legalmente por don(ña) Pozas
Mora Iván Rodrigo, ignoro profesión u oficio, domiciliados en Río Lonquimay 640, Temuco, y
en calidad de avalista y codeudor(a) solidario(a), por don(ña) Pozas Mora Iván Rodrigo, ignoro
profesión u oficio, con domicilio en Río Lonquimay 640, Padre Las Casas - Puente Largo, y en
calidad de avalista y codeudor(a) solidario(a), por don(ña) Levierh Levierh Karen Nataly, ignoro
profesión u oficio, con domicilio en Pasaje Los Naranjos 0232, Padre Las Casas. El pagaré fue
suscrito por la suma de $25.879.418.-, por concepto de capital, más un interés del 10.56% anual,
que el deudor se obligó a pagar en 60 cuotas mensuales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se
consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto se da
expresamente por reproducido. Con fecha 26 de Agosto de 2019, las partes suscribieron una
modificación del pagaré de origen, indicando que el capital adeudado es de $13.895.112.-, más
un interés del 10,56% anual, que el deudor se obligó a pagar en 84 cuotas mensuales, iguales y
sucesivas de $236.892.- cada una, salvo la última cuota de $236.905.-, todas con vencimiento los
días 10 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 10 de Octubre de 2019. Con fecha 28
de Mayo de 2020, las partes suscribieron una modificación del pagaré de origen, indicando que
el capital adeudado es de $13.734.670.-, más un interés del 10,56% anual, que el deudor se
obligó a pagar en 81 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $242.321.- cada una, salvo la
última cuota de $242.299.-, todas con vencimiento los días 15 de cada mes, venciendo la primera
de ellas el día 14 de Agosto de 2020. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple
retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde
el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que
rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el
Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo
vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Es del
caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 15 de
Septiembre de 2020, inclusive, y todas las posteriores, por tanto, el Banco del Estado de Chile ha
decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $13.734.670.-, más los
intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más
las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el
(los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s)
firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente
exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. Por Tanto, de acuerdo a lo expuesto,

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