Banco del Estado de Chile - Sociedad Comercializadora de Áridos Seráridos Limitada - 3 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868053227

Banco del Estado de Chile - Sociedad Comercializadora de Áridos Seráridos Limitada

Número de registroCVE-1932530
Fecha de publicación03 Mayo 2021
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.944
CVE 1932530 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.944 | Lunes 3 de Mayo de 2021 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 1932530
NOTIFICACIÓN
En autos rol C-314-2020, Banco del Estado con Sociedad Comercializadora de Áridos
Seráridos Limitada. Segundo Juzgado de Letras de La Serena, por resolución fojas 31 de fecha
16 de marzo de 2021, se ordenó notificar y requerir por extracto a Sociedad Comercializadora de
Áridos Seráridos Limitada, RUT. 76.145.436-6, y su representante legal y su aval doña Luisa
Marilo Bravo Cuéllar, RUT. 12.398.780-2, y su aval don Herman Ariel Guerrero Yáñez, RUT.
12.447.173-7, la demanda ejecutiva que paso a extractar y su resolución: Demandante: Banco del
Estado de Chile, domicilio y representante señalado en demanda. Demandado: Sociedad
Comercializadora de Áridos Seráridos Limitada, RUT. 76.145.436-6, representada legalmente
por doña Luisa Marilo Bravo Cuéllar, RUT. 12.398.780-2, y en calidad de avalistas y codeudores
solidarios a doña Luisa Marilo Bravo Cuéllar, RUT. 12.398.780-2, y don Herman Ariel Guerrero
Yañez, RUT. 12.447.173-7, sin domicilios conocidos. Objeto de la demanda. Notificar y
Requerir de pago al demandado por la suma de $25.050.796, más intereses pactados y costas. El
deudor se comprometió a pagar la cantidad referida al Banco del Estado, con vencimiento el día
29-08-2018. Es el caso que el deudor no pagó lo estipulado con fecha 29-08-2019,
correspondiente a la operación N° 21235049, por lo que pide tener por deducida demanda
ejecutiva de cobro de Pagaré, en contra de Comercializadora de Áridos Seráridos Limitada,
representada legalmente por doña Luisa Marilo Bravo Cuéllar y en calidad de avalistas y
codeudores solidarios doña Luisa Marilo Bravo Cuéllar y Herman Ariel Guerrero Yañez, ya
individualizados, admitirla a tramitación y ordenar que se le requiera de pago y se despache
mandamiento de ejecución y embargo en su contra por equivalente a $25.050.796 más intereses
pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta
que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en
costas. La providencia recaída en la demanda: En La Serena, 30 de enero de dos mil veinte. A lo
principal: Por interpuesta demanda ejecutiva, en contra de Sociedad Comercializadora de Áridos
Seráridos Limitada, representada legalmente por doña Bravo Cuéllar Luisa Marilo y don
Guerrero Yáñez Herman Ariel y en calidad de avalista y codeudor(a) solidario(a), despáchese
mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $25.050.796, más los intereses, reajustes y
costas de la causa, hasta la fecha del pago efectivo de lo debido. Al primer otrosí: Téngase por
acompañado el pagaré que señala y su modificación. Custódiese, registrándose. Al segundo:
Téngase presente. Al tercer y quinto otrosí: Téngase presente y por acompañado el documento
que señala, con citación. Al cuarto otrosí: No ha lugar. Dictada por doña Ghislaine Landerretche
Sotomayor, Juez Titular, estado diario 30 de enero de 2020. Mandamiento: Un ministro de Fe
requerirá de pago a Sociedad Comercializadora de Áridos Seráridos, representada legalmente por
doña Bravo Cuéllar Luisa Marilo y a don Guerrero Yáñez Herman Ariel y en calidad de avalista
y codeudor(a) solidario(a), todos domiciliados en Las Rosas 2798, La Serena, para que pague a
Banco del Estado de Chile, Empresa Autónoma de Crédito del Estado, o quien sus derechos
representen, la suma de $25.050.796, más intereses, reajustes y las costas de la causa. No
verificado el pago, se trabará embargo sobre bienes del ejecutado para cubrir el capital, intereses
y costas. El acreedor señaló como bienes para traba de embargo todos los bienes del ejecutado,
corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos lo que pueda aparecer en el futuro, y
designa como depositario al propio ejecutado bajo su responsabilidad civil y criminal. Así está
ordenado por resolución, de esta fecha, en los autos caratulados “Banco Estado de Chile con
Sociedad Comercializadora de Áridos Seráridos Limitada y otros”, dictada por doña Ghislaine
Landerretche Sotomayor, Juez Titular, estado diario 30 de enero de 2020. Por resolución de
fecha 16 de marzo de 2021, se ordenó la notificación mediante avisos de la demanda a la parte
ejecutada, Sociedad Comercializadora de Áridos Seráridos Limitada, RUT. 76.145.436-6, y su
representante legal y aval doña Luisa Marilo Bravo Cuéllar, RUT. 12.398.780-2, y su aval don
Herman Ariel Guerrero Yañez, RUT. 12.447.173-7, mediante avisos publicados por tres veces en
el diario El Día, de La Serena, y por una vez en el Diario Oficial de la República, y requiérase de

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