Banco del Estado de Chile - Martínez - 1 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 897368801

Banco del Estado de Chile - Martínez

Número de registroCVE-2089220
Fecha de publicación01 Marzo 2022
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.191
CVE 2089220 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.191 | Martes 1 de Marzo de 2022 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2089220
NOTIFICACIÓN
Ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-27365-2018, sobre
juicio ejecutivo especial, materia Accion Hipotecaria Según Ley de Bancos, caratulado "Banco
del Estado de Chile con Martínez”. Este tribunal ordenó con fecha 01 de febrero de 2022,
notificar por aviso extractado de la demanda y su proveído al ejecutado principal Hugo Patricio
Martínez Carrillo, ignoro profesión u oficio, chileno, Cédula de identidad número 13.734.754-7,
con domicilio en Avenida del Cóndor 600, Piso 4, Huechuraba. Demandante: Banco del Estado
de Chile, RUT Nº 97.030.000-7, Abogado Patrocinante: Carmen Gloria Mussons Domínguez,
abogado, domiciliados en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, mandatario judicial en
representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del
Estado, según se acreditó en autos. A US respetuosamente digo: Que en la representación que
invisto vengo en demandar en conformidad a lo dispuesto en el Título XIII de la Ley General de
Bancos y sus modificaciones, y normas reglamentarias pertinentes a don(ña) Hugo Patricio
Martínez Carrillo, ignoro profesión u oficio, con domicilio Avenida del Cóndor 600, Piso 4,
Huechuraba, por las razones de hecho y fundamentos de derecho que a continuación señalo: Por
escritura pública otorgada en la ciudad de Santiago de fecha 31 de agosto de 2005, ante el
Notario Público de Santiago, don(ña) René Benavente Cash, documento cuya copia autorizada se
compaña en un otrosí, el Banco del Estado de Chile dio en préstamo Hugo Patricio Martínez
Carrillo, conforme a las disposiciones del Título XIII del Decreto con Fuerza de Ley Nº 3 de
1997 sobre Ley General de Bancos y sus modificaciones, y normas reglamentarias pertinentes, la
cantidad de 666 Unidades de Fomento solo por concepto de capital, en letras hipotecarias de su
propia emisión de la serie ME062025. El deudor se obligó a pagar la expresada cantidad, en el
plazo de 300 meses, contados desde el día 1 de octubre de 2005, por medio de dividendos
anticipados, mensuales y sucesivos, calculados en la forma establecida en la misma escritura de
mutuo, comprendiéndose en ellos la amortización y una tasa de interés real, anual y vencida de
6,2%. De acuerdo a lo estipulado en la mencionada escritura, en caso de mora o simple retardo,
cada dividendo devengaría desde el día hábil inmediatamente siguiente a aquél en que debió
haberse pagado, un interés penal igual al máximo que la ley permita estipular para operaciones
de crédito de dinero reajustable, hasta el momento de su pago efectivo. Se pactó, asimismo, la
indivisibilidad de las obligaciones que emanan del contrato referido. A fin de garantizar el
cumplimiento de las obligaciones contraídas en la referida escritura de mutuo, el deudor
constituyó primera hipoteca en favor del Banco del Estado de Chile sobre el inmueble ubicado
Avenida del Cóndor 600, Piso 4, Huechuraba, inscrito a su nombre a fs. 4380 Nº6395, del
Registro de propiedad del año 2005, del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto. Por su
parte la hipoteca referida se inscribió a fs. 6205 Nº6794, del Registro de Hipotecas y
Gravámenes del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto. Es el caso S.S., que
el deudor no ha dado cumplimiento a las obligaciones emanadas de la referida escritura de
mutuo, por cuanto no pagó los dividendos Nº146 al Nº153, correspondientes a los meses
diciembre de 2017 a julio de 2018, por lo cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
103 de la Ley General de Bancos, mi representada viene en requerir judicialmente el pago de los
dividendos insolutos y de los que se devengaren hasta el día del pago efectivo, dentro del término
de 10 días a contar de la notificación de este requerimiento, con sus respectivos intereses,
reajustes, primas de seguro y costas. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el deudor no pague
los dividendos adeudados dentro del plazo legal, el Banco solicitará el primer remate del
inmueble hipotecado, que se deberá efectuar por el total de la obligación adeudada, esto es,
considerando como mínimo los dividendos insolutos, más el saldo del capital adeudado, intereses
penales, costas y primas de seguro que recarguen la deuda. La suma total de los dividendos
insolutos asciende al día 10 de julio de 2018 a la cantidad de 38,009390.- Unidades de Fomento,
equivalentes a la misma fecha a la suma de $1.033.250.- según liquidación que se acompaña en
el primer otrosí de esta demanda. De este modo, vengo en solicitar el pago de la cantidad antes

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR