Banco de Chile - Howard - 17 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 867723830

Banco de Chile - Howard

Fecha de publicación17 Mayo 2021
Número de registroCVE-1940941
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.955
CVE 1940941 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.955 | Lunes 17 de Mayo de 2021 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 1940941
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras de Villa Alemana, Rol C-2149-2016, Caratulado Banco de Chile con
Howard se ordenó con fecha 27 de noviembre 2020, notificar por aviso extractado de demanda y
su proveído a Margaret Grace Howard Asun, con domicilio desconocido. Eric Avsolomovich
Pendola, abogado, mandatario judicial en representación del Socofin S.A., sociedad anónima,
todos domiciliados en Almirante Señoret 70, piso 7º, Valparaíso, en causa “Banco de Chile con
Howard Asun”, Rol C-2149-2016, a US. respetuosamente digo: Se notificó a la demandada,
como tercer poseedor de la finca hipotecada, ignoro profesión u oficio, no pagó la deuda ni hizo
abandono del inmueble en los 10 días del artículo 758 del Código de Procedimiento Civil,
procede desposeerlo despachando en su contra el mandamiento de ejecución y embargo. Por
escritura pública 7 de abril de 2006, otorgada ante doña Giselle Tapia Romo suplente de doña
Lidia María Chahuán Issa Notario Público de la ciudad de La Calera, Margaret Grace Howard
Asun, constituyó a favor del Banco de Chile hipoteca de primer grado con cláusula garantía
general, del inmueble inscrito fojas 1514 Nº 2562 y fojas 1514 vta Nº 2563 Registro Propiedad
Conservador de Bienes Raíces 1998 Villa Alemana. La hipoteca inscrita fojas 519 Nº 651 en el
Registro de Hipotecas y Gravámenes del 2006 del Conservador de Bienes Raíces de Villa
Alemana. Prohibición de celebrar actos y contratos inscrito a fojas 309 Nº 540, en el Registro de
Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del año 2006 del Conservador de Bienes Raíces de
Villa Alemana. Se constituyeron para garantizar al Banco de Chile cumplimiento exacto, íntegro
y oportuno de todas las obligaciones contraídas por sociedad Distribuidora de Productos Lácteos
Puerto Varas Limitada, sean presentes o futuras, directas o indirectas. Créditos impagos
garantizados con hipoteca: Mutuo que Banco de Chile otorgó a sociedad Distribuidora de
Productos Lácteos Puerto Varas Limitada escritura pública de 30 de julio de 2010 ante doña
Giselle Tapia Romo suplente de doña Lidia María Chahuán Issa Notario Público La Calera, por
5.820. Unidades de Fomento, deudor reconoció deber se obligó a pagar en 180 meses desde el
día 1º del mes siguiente a la fecha del contrato, por igual número de dividendos mensuales,
vencidos y sucesivos, comprenden amortización e intereses y se pagarán, los primeros 10 días de
cada mes. Tasa interés real, anual y vencida será 5,40% anual. Tasa se rebajará a 5,10% anual.
Obligación tiene carácter indivisible y solidaria. Si uno o más dividendos no fueren pagados
dentro de plazo, el Banco podrá determinar tasa de interés superior pero no podrá exceder tasa
máxima permitida que regirá hasta fecha de pago efectivo. Deudor no cumplió desde noviembre
de 2011 adeudando al día 6 de julio de 2012 la cantidad de 5.516,94.- unidades de fomento, más
cantidad que determine por intereses, sean corrientes o penales. En cláusula decima de escritura
señala que Banco podrá exigir pago de totalidad del mutuo, o suma a que se encuentre reducido,
entre otros, si se retarda pago de cualquier dividendo más de 10 días corridos, devengándose
desde ese momento el interés máximo que la ley permite estipular. Se constituyó fiador y
codeudor solidario don Sandro Danilo de Santo Domingo Riveros Jorquera, contra quien se
interpuso también la presente demanda. Crédito se demandó en rol C-896-2012 seguidos ante el
Juzgado de letras de Limache. Los demandados están notificados y por tanto interrumpida la
prescripción a su respecto. Habiéndose producido abonos a la deuda en los autos antes referidos
y de acuerdo a liquidación practicada la sociedad deudora adeuda al día 6 de julio de 2016 la
suma de $ 96.903.411.- El título tiene mérito ejecutivo en contra de la demandada. Obligación
líquida, actualmente exigible y no habiendo prescrito la acción. Mandamiento. Un Ministro de Fe
procederá a desposeer a doña Margaret Grace Howard Asun, domiciliada en Calle Roma Nº 545,
comuna de Villa Alemana, en calidad de tercera poseedora de la propiedad hipotecada ubicada
calle Roma 545, inscrita a su nombre a fojas 1514 Nº 2562 y a fojas 1514 vta. Nº 2563 en el
Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de 1998 de Villa Alemana, bajo
apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le desposeerá de los derechos que en aquella le
corresponda, para con su producido hacerse pago al Banco de Chile. Si el poseedor no efectuare
el pago al Banco de Chile la suma ascendente a $96.903.411, más la cantidad que en definitiva se

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