Banco del Estado de Chile - Gamboa - 2 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 877558902

Banco del Estado de Chile - Gamboa

Fecha de publicación02 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2032550
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.092
CVE 2032550 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.092 | Martes 2 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2032550
NOTIFICACIÓN
Ante el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409, 18º piso, en autos
caratulados “Banco del Estado de Chile con Gamboa”, Rol C-37427-2018, sobre juicio ejecutivo
por cobro de pagare, presentóse Paulina Francisca Fernández Pavez, abogado, mandatario
judicial del Banco del Estado de Chile, representado por gerente general Juan Cooper Álvarez,
todos domiciliados en Alameda Libertador Bernardo O´Higgins Nº1111, Santiago, quien en lo
principal deduce demanda ejecutiva contra Cristian Alejandro Gamboa Cofré, ignora profesión,
domiciliado en Isla Darwin 08771 y en Eleuterio Ramírez 758, ambos comuna Santiago y en
Batuco 1055, comuna Pudahuel, fundada en que el representado es dueño de pagare por el cual
demandado se obligó a pagar suma de 455,915849 IVP, más intereses del 4,3% anual, pagaderas
en 242 cuotas mensuales y sucesivas de 2,803934 IVP salvo la última de 2,906475 IVP,
venciendo la primera el 10 enero 2014. Mismo documento estableció intereses del máximo
convencional y cláusula de aceleración en caso de retardo pago obligación, y asimismo su
indivisibilidad. Deudor no pagó cuota con vencimiento mes febrero 2014, ni otra posterior, por lo
que adeuda a representado suma 454,0318992 IVP, más intereses. Habiéndose autorizado firma
del suscriptor ante notario, documento constituye título ejecutivo, siendo deuda líquida,
actualmente exigible y no prescrita la acción. Por tanto; pide tener por interpuesta demanda
ejecutiva y ordenar se despache mandamiento ejecución y embargo contra Cristian Alejandro
Gamboa Cofré, por suma 454,0318992 IVP, equivalentes al 26 octubre 2018 a $12.952.894.-
más intereses y costas, y en definitiva ordenar seguir adelante ejecución hasta pago total deuda,
con costas. Primer otrosí: Bienes para embargo y depositario provisional. Segundo otrosí:
Acompaña documento y custodia. Tercer otrosí: Personería. Cuarto otrosí: Patrocinio y poder.
Por resolución de 11 diciembre 2018, a lo principal: Despáchese. Al primer y cuarto otrosí:
Téngase presente. al segundo y tercer otrosí: Por acompañado pagaré, custódiese. Respecto
demas documentos, por acompañados bajo apercibimiento legal. cuaderno apremio:
Mandamiento 11 diciembre 2018, un Ministro de fe requerirá de pago a Cristian Alejandro
Gamboa Cofré para que pague a Banco del Estado de Chile, o a quien sus derechos represente,
suma 454,0318992 IVP, equivalentes al 26 octubre 2018 a $12.952.894, más intereses y costas.
No verificado el pago se ordena trabar embargo sobre bienes de propiedad de la demandada, los
que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal,
debiendo cumplir el Ministro de fe con lo dispuesto en Art. 447 Código Procedimiento Civil. Sin
embargo, recae sobre dinero deberá cumplirse lo dispuesto en inciso final artículo 451 Código
Procedimiento Civil. Cumplidos trámites rigor fecha 29 abril 2019 demandante solicita
notificación por avisos. Providencia 2 mayo 2019, atendido el mérito de informes y diligencias
efectuadas, ha lugar lo solicitado y se ordena notificar y requerir de pago por medio de avisos a
publicar en diario El Mercurio, en tres oportunidades, a Cristian Alejandro Gamboa Cofré, en su
calidad de deudor, sin perjuicio de la correspondiente en Diario Oficial. Lo que notifico y
requiero de pago a don Cristian Alejandro Gamboa Cofré, RUT 11.124.136-8, para todos los
efectos legales.- La Secretaria.

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