Baeza y Prado Limitada 76.720.130-3 - 22 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875080989

Baeza y Prado Limitada 76.720.130-3

Fecha de publicación22 Febrero 2020
Número de registroCVE-1730602
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.586
CVE 1730602 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.586 | Sábado 22 de Febrero de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1730602
EXTRACTO
VERONICA FABIOLA DACHELET CIFUENTES, Notario Público suplente del Titular
don Enrique Ortiz Schindler con oficio en 1 Sur N° 898, Talca, certifico: Por escritura pública
hoy ante mí, LAURA CECILIA BAEZA QUINTANA y AGUSTIN EMILIO CLAUDIO
PRADO CROT, Alto Las Cruces, Parcela Nº 10, Comuna de Talca; modifican sociedad de
responsabilidad limitada constituida el 03.11.2006, ante Félix Jara Cadot, Notario Público 41
notaria Santiago, cuya razón social es “Baeza y Prado Limitada”, con nombre de fantasía “Sur de
América Limitada”, RUT N° 76.720.130-3.- El extracto inscrito a fojas 45.577, Nº 32.433 del
registro comercio año 2006, Conservador Santiago, y Diario Oficial 38.634 del 09.12.2006.-
Modificación: Los únicos y actuales socios modificaron los artículos 2,3,4,5 y 7 del estatuto, por
los siguientes nuevos artículos: Artículo 2: El nombre o razón social será: “Inversiones Baeza y
Prado Limitada”, pudiendo usar la sigla comercial o nombre fantasía: “Inversiones Baeza y
Prado Ltda.”.- Artículo 3: El domicilio de la sociedad a partir de esta fecha, será la ciudad y
comuna de Talca, sin perjuicio agencias en otros lugares.- Artículo 4: El objeto será: a) La
inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos, títulos de crédito,
derechos societarios, derechos inmuebles, derechos de aguas, derechos hereditarios y valores
mobiliarios; b) La administración, arrendamiento, subarrendamiento y explotación en cualquier
forma de dichos bienes; c) y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- Articulo 5: El
capital será la suma de $30.000.000, que los socios aportan: A) Doña Laura Cecilia Baeza
Quintana aporta $25.500.000 de pesos, que paga: Con efectivo $1.500.000 pesos, ya ingresados y
el saldo de $24.000.000 con: Uno) Aporta en dominio pleno, mediante cesión y transferencia a la
sociedad “Inversiones Baeza y Prado Limitada”, del Lote 7-B, resultante de la división del Lote
número siete, de la parcela Nº 135, de la Colonia Mariposas, de San Clemente, provincia de
Talca, plano archivado Nº 615, al final del registro de propiedad del año 2018, de 8.253,38 m2,
deslindes ver título dominio, inscrito a fojas 1.800 Nº 1699, Registro Propiedad año 2018, del
Conservador de Bienes Raíces de Talca.- El predio Rol de Avalúo número 370-132 de la
Comuna de San Clemente.- Este inmueble es valorizado por socios común acuerdo en
$18.000.000.- Dos) Con el aporte en dominio pleno a “INVERSIONES BAEZA Y PRADO
LIMITADA”, del vehículo: Automóvil marca Hyundai, modelo GRAND I110 BA GLS 1.2, año
2019, COLOR PLATEADO PLATA, inscripción LKBV.62-7.- El vehículo es tasado común
acuerdo en $6.000.000 pesos, valor del aporte.- Total capital pagado por el socio Laura Cecilia
Baeza Quintana $25.500.000, que es 85% del capital social.- B) Don Agustín Emilio Claudio
Prado Crot, aporta la suma de $4.500.000 de pesos, que entera con $1.500.000 ya ingresados caja
social; y $3.000.000 aporta en dinero efectivo, ingresa a la caja social.- Total capital pagado por
este socio $4.500.000, es 15% del capital social.- Total Capital social $30.000.000, ya pagados y
enterados a la caja social.- Articulo 7: La administración, representación y uso razón social y
nombre fantasía, corresponde indistintamente a ambos socios Laura Cecilia Baeza Quintana y a
Agustín Emilio Claudio Prado Crot, quienes anteponiendo a su firma la razón social y/o nombre
de fantasía, obligaran y representarán a la sociedad con amplias facultades en todos los actos y
contratos, estén o no en su giro social.- Los socios declaran que su responsabilidad queda
limitada al monto de sus respectivos aportes.- La sociedad podrá contratar con cualquiera de los
socios y/o administradores.- Asimismo, los socios podrán desarrollar las actividades del objeto
de la sociedad.- En lo no modificado se mantiene vigente el pacto social.- En Talca, a 11 de
Febrero de 2020.

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