Baeza - Muñoz - 1 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1023493117

Baeza - Muñoz

Número de registroCVE-2453135
Fecha de publicación01 Marzo 2024
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.790
CVE 2453135 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.790 | Viernes 1 de Marzo de 2024 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2453135
NOTIFICACIÓN
Artículo 54 Código Procedimiento Civil. Ante el 6º Juzgado de Letras en lo Civil de
Santiago, Rol C-9304-2023, caratulados “Baeza/Muñoz”, Ordinario de mayor cuantía.- S.J.L. en
lo Civil de Santiago. Claudia Marina Baeza Muñoz, C.I. 14.190.140-0, demanda juicio ordinario
de indignidad para suceder, a Emerita de las Mercedes Muñoz Escobar, C.I. 6.978.604-9;
fundado que el hermano de la demandante e hijo de la demandada, Enrique Adolfo Baeza
Muñoz, falleció el 12 de febrero del 2023, quedando como herederas ambas partes, indicando
que la demandada no ha tenido ninguna relación de filiación con el causante y la demandante,
siendo criados por la abuela paterna y que posteriormente el causante fue portado de VIH, a lo
cual fue declarado interdicto y se concedió la curaduría del mismo por sentencia definitiva a la
demandante, haciéndose cargo de su hermano hasta su fallecimiento. La demandada no estuvo
presente en ninguna etapa de la vida de su hijo, a la fecha ha sido imposible tener comunicación
con la misma y se desconoce su paradero. Como consecuencia de lo anterior, queda evidencia
que la demandada carece del mérito para suceder a quien fuera su hijo, razón por la que deviene
indispensable que sea declarada indigna para sucederle. Previas citas legales, termina solicitando
tener por entablada demanda de declaración de indignidad para suceder en contra de la
demandada Emerita de las Mercedes Muñoz Escobar, darle curso y, en definitiva, acogerla,
declarando que la demandada es indigna para suceder al causante, y que sea condenada a restituir
toda asignación, sea a título universal o singular, así como los accesorios y frutos en la misma
sucesión, con costas. Primer otrosí: Acompaña documentos. Segundo otrosí: Se tenga a la vista la
causa de interdicción y curaduría. Tercer otrosí: Patrocinio y poder. Resolución: Santiago, 28 de
junio de 2023. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de declaración de indignidad
para suceder en procedimiento ordinario, Traslado. Al Primer otrosí: Téngase acompañados los
documentos con citación. Al Segundo otrosí: Tenga presente. Al Tercer otrosí: Téngase presente
el patrocinio y poder. Folio 37, demandante solicita notificación por aviso a la demandada, bajo
apercibimiento. Resolución. Santiago, 2 de febrero del 2023. Notifíquese a la demandada
Emerita de las Mercedes Muñoz Escobar por medio de publicación de avisos, de conformidad a

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