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Aviso núm. S/N, publicado el 09 de Diciembre de 2023. COMISIÓN NACIONAL ENCARGADA DE INVESTIGAR LA EXISTENCIA DE DISTORSIONES EN EL PRECIO DE LAS MERCADERÍAS IMPORTADAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN DE DISTORSIONES
Rango de LeyAviso

COMISIÓN NACIONAL ENCARGADA DE INVESTIGAR LA EXISTENCIA DE DISTORSIONES EN EL PRECIO DE LAS MERCADERÍAS IMPORTADAS

La Comisión, en su Sesión Nº 436, celebrada el 28 de noviembre de 2023, en virtud de lo previsto en el artículo 9 de la Ley Nº 18.525 y el artículo 5 del Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (Decreto Nº 16/95 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 17.05.95), resolvió iniciar de oficio una investigación por eventual dumping en los precios de importación de barras de acero para la fabricación de bolas para molienda convencional de diámetro inferior a 4 pulgadas. A su vez, en virtud de lo previsto en el artículo 9 de la Ley Nº 18.525 y el artículo 5 del Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (Decreto Nº 16/95 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 17.05.95), resolvió iniciar una investigación por eventual dumping en los precios de importación de bolas para molienda convencional de diámetro inferior a 4 pulgadas en virtud de la solicitud presentada por Moly Cop.

Extracto de los Antecedentes relativos a la investigación por eventual dumping en los precios de importación de barras de acero para la fabricación de bolas para molienda convencional de diámetro inferior a 4 pulgadas

  1. Fecha de inicio de la investigación: Fecha de publicación del presente aviso.

  2. Producto investigado: Barras de acero para fabricación de bolas para molienda convencional de diámetro inferior a 4 pulgadas, clasificadas en el código arancelario 7228.3000 del Sistema Armonizado Chileno.

  3. País de origen: República Popular China.

  4. Base de la alegación del dumping denunciado: Dado que el alambrón y las barras de acero comparten una similar estructura de costos, se considera como indicio de dumping que los precios de exportación del alambrón de acero de origen chino sean menores a los precios de exportación de alambrón de acero de origen en Turquía y Latinoamérica. Índice de precios CRUspi Longs mayor al índice de precios CRUspi Asia (influenciado mayormente por el acero de origen chino).

  5. Factores en que se basan el daño y la amenaza de daño a la rama de la producción nacional: Caída en los precios de venta nacional, caída en la producción nacional, caída en el margen operacional, caída en las ventas del producto nacional en el mercado...

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