Aviso núm. 212, publicado el 15 de Marzo de 2013. EXTRACTO DE ORDINARIO DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Nº 212, DEL 31 DE ENERO DE 2013, QUE SE PRONUNCIA SOBRE EXENCIÓN DE IMPUESTO TERRITORIAL A FAVOR DE LA DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468821038

Aviso núm. 212, publicado el 15 de Marzo de 2013. EXTRACTO DE ORDINARIO DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Nº 212, DEL 31 DE ENERO DE 2013, QUE SE PRONUNCIA SOBRE EXENCIÓN DE IMPUESTO TERRITORIAL A FAVOR DE LA DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyAviso

EXTRACTO DE ORDINARIO DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Nº 212, DEL 31 DE ENERO DE 2013, QUE SE PRONUNCIA SOBRE EXENCIÓN DE IMPUESTO TERRITORIAL A FAVOR DE LA DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA

Mediante este oficio se informa sobre la procedencia de la exención de pago de contribuciones conforme al Cuadro Anexo, párrafo I, letra A, Nº 1, de la ley Nº 17.235, sobre Impuesto Territorial, respecto de servicios públicos descentralizados o con personalidad jurídica y patrimonio propio, modificando los criterios contenidos en oficios anteriores.

  1. Siendo la Defensoría Penal Pública un servicio público, el inmueble individualizado se encuentra amparado por la exención contenida en el referido Cuadro Anexo, en la medida que no corresponde a alguna de las sedes matrices incluidas en el decreto Nº 1.187, del Ministerio de Hacienda, de 2006, que identifica las propiedades correspondientes a sedes matrices afectas a Impuesto Territorial.

  2. Lo expuesto constituye un cambio de criterio por parte de esta Dirección Nacional. Por tanto, ha quedado sin efecto lo indicado en pronunciamientos anteriores, en que se resolvió que no estaban...

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