Ávila - Ávila - 3 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868052994

Ávila - Ávila

Número de registroCVE-1935461
Fecha de publicación03 Mayo 2021
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.944
CVE 1935461 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.944 | Lunes 3 de Mayo de 2021 | Página 1 de 4
Publicaciones Judiciales
CVE 1935461
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Familia de La Ligua. Vicuña Mackenna Nº 268, La Ligua, causa RIT
C-206-2019 sobre Alimentos, Aumentos caratulada “Ávila / Ávila”, seguida ante este Tribunal
de Familia de La Ligua, por resolución de este Juzgado de Familia, se ha ordenado notificar a la
parte demandada don Adrián Alfredo Ávila Mella, cédula de identidad Nº 12.633.192-4, de la
demanda, su proveído y fecha de Audiencia Preparatoria para el día 04 de junio de 2021 a las
11:30 horas, resoluciones que se adjuntan a la presente: Demanda Destino: La Ligua, Materia:
Aumento de alimentos Procedimiento: Ordinario ley 19968, Demandante 1: Rosa del Carmen
Contreras Pizarro, RUT: 13.421.331-0, Demandante 2: Mariana Lucia Ávila Contreras, RUT:
20.213.008-9, Abogado: Marcela Catalán Esquivel, RUT: 13.021.876-8, Demandado: Adrián
Alfredo Ávila Mella, RUT: 12.633.192-4 En lo Principal: Demanda de aumento de alimentos.
Primer otrosí Aumento provisorio. Segundo otrosí Acompaña documentos. Tercer otrosí
Privilegio de pobreza. Cuarto otrosí Forma especial de notificación. Quinto otrosí Patrocinio y
poder. S. J. L. de Familia de La Ligua Rosa del Carmen Contreras Pizarro, casada, cédula de
identidad 13.421.331-0, cajera de supermercado, domiciliada en Calle Los Pinos número 19,
Catapilco, Zapallar, en representación de mi hijo Álvaro Martin Ávila Contreras; y Mariana
Lucia Ávila Contreras, cédula de identidad 20.213.008-9, estudiante universitaria, domiciliada en
Calle Los Pinos número 19, Catapilco, Zapallar ; a V. S respetuosamente decimos: Que en mi
calidad de madre y representante legal de mi hijo, Álvaro Martin Ávila Contreras, cédula de
identidad 23.045.478-7, de mí mismo domicilio; y Mariana Lucia Ávila Contreras en mi calidad
de hija del demandado; venimos en interponer demanda de aumento de alimentos en contra de
don Adrián Alfredo Ávila Mella, casado, cédula de identidad 12.633.192-4, chofer, con
domicilio en sendero del sol número 515 casa 89, Antofagasta, en razón de los siguientes
fundamentos: Los Hechos 1.- Yo, Rosa del Carmen Contreras Pizarro, con el demandado
contraje matrimonio el 5 de marzo del año 1999, relación matrimonial que cesó definitivamente
el año 2014 por diferencias de caracteres irreconciliables. De esta relación que sostuve con el
demandado, nació nuestra hija Mariana Lucia Ávila Contreras el 1 de septiembre del año 1999,
inscrita en la circunscripción de Antofagasta bajo el número 1882 del registro correspondiente al
año 1999; y con fecha 8 de junio de 2009, nació nuestro hijo Álvaro Martin Ávila Contreras,
inscrito en la circunscripción de Antofagasta bajo el número 1908 del registro correspondiente al
año 2009, de 6 años de edad, quien vive conmigo bajo mi cuidado. 2.- Que mediante conciliación
aprobada por el Juzgado de Familia de Antofagasta el 24 de septiembre de 2015 en causa RIT
C-998-2015, se acordó que el demandado debe otorgar a nuestros hijos en común, una pensión
de alimentos de alimentos equivalente al 25% de sus emolumentos; pensión que actualmente
corresponde a la suma de $139.918 pesos. 3.- Es del caso señalar que la suma anteriormente
señalada es insuficiente para solventar los gastos de vida de nuestro hijo Álvaro Martin quien
vive a mi cuidado, ya que este actualmente tiene 9 años y no 5 como en la fecha de la
conciliación; y en este mismo sentido, al cursar cuarto básico en la Escuela de Catapilco sus
necesidades han aumentado. Por otro lado, debo señalar que también debo solventar
mensualmente con ayuda de mis familiares, el pago de la suma de $180.000 por el arrendamiento
del inmueble en el cual habito junto a mi hijo en Catapilco. 4.- Que el 10 de abril de 2019 el
demandado no concurrió a la mediación realizada ante el Juzgado de Familia de La Ligua, a la
cual comparecí en representación de mi hijo Álvaro Martín, solicitando el aumento de alimentos;
motivo por el cual la mediación resultó frustrada. 5.- Que Mariana Lucia Ávila Contreras, como
hija del demandado, señalo que la pensión de alimentos acordada en la conciliación, efectuada
ante el Juzgado de Familia de Antofagasta en el año 2015, es insuficiente para solventar mis
gastos, debido a que actualmente me encuentro cursando la carrera de Traducción e
Interpretación en inglés en la Universidad de Las Américas de Santiago. Por lo anterior, mis
gastos y necesidades han aumentado considerablemente, al tener que pagar mensualmente una
suma de $212.877 pesos, además de tener que solventar mis gastos de alojamiento y estadía en la

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