Ley núm. 17579, publicada el 28 de Diciembre de 1971. AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FLORIDA PARA CONTRATAR PRESTAMOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR |
Rango de Ley | Ley |
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FLORIDA PARA CONTRATAR PRESTAMOS QUE INDICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1.- Autorizase a la Municipalidad de Florida, del departamento de Concepción, para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de crédito o bancarias, que produzcan hasta la suma de E° 360.000, al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.
Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito, o bancarias para tomar el o los préstamos autorizados por la presente ley.
El producto del o los empréstitos que se contraten se invertirá en los siguientes fines:
1) Aporte a la Dirección de Obras
Sanitarias para la ampliación y
renovación de la red de agua
potable y ampliación de la red
de alcantarillado de la localidad E° 100.000.-
2) Adquisición e instalación de
de luminarias a gas de mercurio
en las calles de la población 40.000.-
3) Adquisición de terreno y
construcción de edificio para
funcionamiento de un pequeño
mercado municipal 100.000.-
4) Adquisición de terrenos y construcción
de un gimnasio municipal 100.000.-
5) Construcción de soleras en las calles
de la población 20.000.-
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Total E° 360.000.-
Destínase, con el objeto de atender al servicio del o los empréstitos autorizados, el rendimiento de las tasas parciales de un dos, un uno y un uno por mil, sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Florida, departamento de Concepción, establecidas en las letras c), d) y e), del artículo 2 del derecho reglamentario de Hacienda N° 2.047, de 29 de Julio de 1965.
Podrá destinarse el rendimiento de las tasas parciales e) y d) señaladas en el inciso anterior, sólo en el caso que se encuentren suficientemente garantidos los pagos de alumbrado y de pavimentación de la comuna.
La Municipalidad de Florida, en sesión extraordinaria especialmente citada, y con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio, podrá invertir...
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