Auto Acordado núm. S/N, publicado el 13 de Enero de 2023. AUTO ACORDADO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO |
Rango de Ley | Auto Acordado |
AUTO ACORDADO
En Santiago, a veintiséis de diciembre de dos mil veintidós, se reunió el Tribunal Pleno bajo la presidencia de su titular, señor Mario Rojas González, y con la asistencia de los ministros señores Muñoz Pardo, Mera, Astudillo y Carreño, señora López, señor Balmaceda, señora Villadangos, señor Ulloa, señoras Book y Brengi, señor Aguilar, señora Osorio, suplente señora Poza, suplente señora Ormeño, suplente señor Escobar, suplente señor Córdova, interina señora Jorquera y suplente señora Villegas.
Considerando:
Se procedió a dictar el siguiente auto acordado que establece los ministros que integrarán la sala tributaria y aduanera de esta Corte de Apelaciones, la designación de ella y las materias que conocerá, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 61 del Código Orgánico de Tribunales.
AUTO ACORDADO QUE ESTABLECE LOS MINISTROS QUE INTEGRARÁN LA SALA TRIBUTARIA DE ESTA CORTE DE APELACIONES, LA DESIGNACIÓN DE ELLA Y LAS MATERIAS QUE CONOCERÁ
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que el artículo 61 del Código Orgánico de Tribunales establece que las Cortes de Apelaciones designarán cada dos años, mediante auto acordado, los miembros del tribunal que deberán integrar la Sala a que corresponda el conocimiento, en forma exclusiva o preferente, de los asuntos tributarios y aduaneros, agregándose que para el caso de la Corte de Apelaciones de Santiago se integrará con Ministros que posean necesariamente conocimientos especializados en estas materias.
Segundo: Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 inciso séptimo del Código Orgánico de Tribunales, entre otras Cortes de Apelaciones, la de Santiago, deberá designar una de sus salas para que conozca de los asuntos tributarios y aduaneros que se promuevan, estableciendo que dicha designación se efectuará mediante un auto acordado que se dictará cada dos años.
Tercero: Que, para la acreditación de los conocimientos especializados a que se refiere el acápite anterior, se deberá contar preferentemente con cursos de perfeccionamiento o postgrado, u otra forma mediante la cual se demuestre tener conocimientos relevantes en dichas materias.
Cuarto: Que en la sesión extraordinaria del tribunal pleno, celebrada el día 1 de diciembre de 2022, habiéndose llevado a efecto el sorteo de integración de Salas de esta Corte de Apelaciones, correspondiente al año judicial 2023, resultaron sorteados para integrar la sala tributaria y aduanera, el ministro señor Miguel Vázquez Plaza y las...
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