Auto Acordado núm. 61, publicado el 26 de Mayo de 2023. ACTA N° 61-2023 - CORTE SUPREMA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 932333719

Auto Acordado núm. 61, publicado el 26 de Mayo de 2023. ACTA N° 61-2023

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORTE SUPREMA
Rango de LeyAuto Acordado

ACTA N° 61-2023

En Santiago, a tres de abril de dos mil veintitrés, se reunió el Tribunal Pleno bajo la Presidencia de su titular, señor Juan Eduardo Fuentes Belmar, y con la asistencia de los Ministros señoras Chevesich y Muñoz S., señores Valderrama, Dahm, Prado y Silva C., señora Repetto, señor Llanos, señoras Ravanales, Letelier y Gajardo, señor Simpertigue y señora Melo y Ministros suplentes señores Muñoz P. y González G.

AUTO ACORDADO QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS JUECES INTERMEDIARIOS EN VIRTUD DE LA LEY N° 21.057 DE ENTREVISTA INVESTIGATIVA VIDEOGRABADA

Teniendo presente: Que con fecha 20 de enero de 2018, se publicó la ley N° 21.057, que regula las entrevistas grabadas en video y otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales y violentos.

La mencionada normativa surge luego de un largo trabajo desarrollado por diversos actores, con la finalidad de evitar la victimización secundaria de niños, niñas y adolescentes (en adelante NNA), en los procesos penales que se requiera su participación, estableciendo un estándar de atención plenamente respetuoso y garante de sus derechos.

De esta forma, la ley instaura un estatuto especial destinado a prevenir toda consecuencia negativa que las víctimas menores de edad pudieran sufrir con ocasión de su interacción con las personas o instituciones que intervienen en las etapas de denuncia, investigación y juzgamiento del catálogo de delitos regidos por la normativa.

En tal sentido y con el objeto de mejorar la organización de las tareas de los jueces designados en el ámbito de las intermediaciones que le sean asignadas y posibilitar que desarrollen sus labores para efectos de revalidar su acreditación, con fecha 13 de marzo de 2020, el presidente de la Corte Suprema instruyó a las cortes de apelaciones adoptar las medidas necesarias que aseguren la designación preferente de dichos funcionarios judiciales en los juicios respectivos de cada jurisdicción, debiendo los administradores de los tribunales en lo penal articular la coordinación correspondiente.

En atención a lo señalado, resulta necesario regular la forma en que los jueces y juezas acreditados deben cumplir las labores de intermediación que les sean encomendadas en su respectiva jurisdicción, a través de un proceso eficiente que permita y facilite el desarrollo de esta tarea, especialmente cuando ello deba ser realizado en un tribunal diverso.

Por estas razones, en ejercicio de las facultades directivas y económicas de esta Corte, de conformidad a lo establecido en el Art. 82 de la Constitución Política de la República y en el numeral 4° del Art. 96 del Código Orgánico de Tribunales, se acuerda dictar la siguiente Acta de regulación para la designación de jueces intermediarios en virtud de la ley N° 21.057.

Título Primero Consideraciones generales. Artículos 1 y 2
Artículo 1°

Definiciones.

Para efectos de esta regulación se entenderá por:

  1. Entrevistador: Aquella persona que facilita la obtención del relato del niño, niña o adolescente en la entrevista investigativa videograbada, definiendo y formulando las preguntas que se le realizan a éstos.

  2. Intermediario: Aquella persona que facilita la obtención de la declaración judicial del niño, niña o adolescente, traspasándole las preguntas que dirigen los intervinientes por...

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