Aumenta las penas en caso de infracción de normas establecidas en el Código de Aguas.
Fecha | 03 Mayo 2012 |
Número de Iniciativa | 8260-09 |
Fecha de registro | 03 Mayo 2012 |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones |
Autor de la iniciativa | Bobadilla Muñoz, Sergio, Hernández Hernández, Javier, Kast Rist, José Antonio, Kort Garriga, Issa Farid, Letelier Aguilar, Cristian, Molina Oliva, Andrea, Morales Muñoz, Celso, Moreira Barros, Iván, Norambuena Farías, Iván, Squella Ovalle, Arturo |
Materia | CÓDIGO DE AGUAS |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
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Aumenta las penas en caso de infracción de normas establecidas en |
Como sabemos, los episodios de infracción a normas legales y reglamentarias implican de parte de su infractor una trasgresión al orden social, de manera que quien lo atenta debe ser sujeto de un juicio de reproche, razón por la cual nuestro ordenamiento jurídico es investido de una serie de normas jurídicas tendientes a sancionar los atentados precisamente a este orden jurídico y social, las que en su conjunto conforman el denominado derecho sancionatorio.
Es así como este cariz del Derecho se desdobla en un sin número de ámbitos legales tales como el civil, el administrativo, en materia de derechos del consumidor y también el penal, rama del derecho que por antonomasia se encuentra destinada a sancionar los atentados a la convivencia humana.
Nos parece que en el ámbito de aquellos derechos o prerrogativas legales o reglamentarias concernientes al agua estas sanciones guardan, en nuestros días, especial relevancia. En efecto, la sequía que actualmente azota a vastos sectores de nuestro país requiere de un compromiso de fondo de nuestra ciudadanía en torno al buen uso de este vital elemento.
En efecto, creemos que el tratar de sacar ventajas para el uso del agua en nuestro país, tomando en cuentas los dramáticos índices de déficit hídrico implica mayores grados de reprochabilidad de los infractores, en atención a la escases del objeto de la infracción: el agua.
Es por lo anterior, que los parlamentarios patrocinantes de esta iniciativa legislativa venimos en promover el aumento de las sanciones que el Código de Aguas consagra frente a la infracción de las normas en materia de aguas.
De esta forma el presente instrumento legislativo tiene como finalidad la consagración de fuertes medidas para los infractores a la normativa de aguas existente en nuestro país mediante la modificación del artículo 173 del Código de Aguas.
Esperamos, que iniciativas como éstas que sometemos a la consideración de esta Congreso, puedan abrir mecanismos intimidatorios para todas...
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