Decreto núm. 1206, publicado el 04 de Octubre de 1999. PROMULGA EL PROGRAMA DE ASOCIACION CHILE-JAPON PARA PROMOVER LA COOPERACION TECNICA ENTRE AMBOS PAISES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL PROGRAMA DE ASOCIACION CHILE-JAPON PARA PROMOVER LA COOPERACION TECNICA ENTRE AMBOS PAISES
Núm. 1.206.- Santiago, 30 de julio de 1999.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 30 de junio de 1999, los Gobiernos de la República de Chile y el Gobierno del Japón suscribieron, en Santiago, el Programa de Asociación Chile-Japón para Promover la Cooperación Técnica entre ambos países.
Que dicho Programa fue adoptado en el marco del Acuerdo de Cooperación Técnica, suscrito el 28 de julio de 1978 y publicado en el Diario Oficial de 24 de noviembre de 1978.
D e c r e t o:
Promúlgase el Programa de Asociación Chile-Japón para Promover la Cooperación Técnica entre ambos países, suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Japón el 30 de junio de 1999; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República de Chile.- Juan Gabriel Valdés Soublette, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Demetrio Infante Figueroa, Embajador, Director General Administrativo.
PROGRAMA DE ASOCIACION ENTRE JAPON Y CHILE
Los representantes del Gobierno de la República de Chile y del Gobierno de Japón, considerando la importancia de establecer una base sólida y estable de cooperación para apoyar los esfuerzos de desarrollo social y económico de los países en vías de desarrollo, comparten la idea de que una nueva asociación de cooperación debe desarrollarse entre los dos países, de conformidad con las leyes y reglamentos de sus respectivos países y con el fin de promover la cooperación técnica entre ambos gobiernos, referida en el Acuerdo de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Japón, suscrito en Santiago, el 28 de julio de 1978 (en adelante, ''el Acuerdo'').
El nuevo programa de asociación será denominado Programa de Asociación Chile-Japón (en adelante, ''CJPP'') o Cooperación Triangular Chile-Japón. El CJPP se implementará teniendo presente lo establecido en la letra e), artículo 2, del mencionado Acuerdo y a la luz del incremento, ocurrido en los últimos años, de la cooperación internacional en el ámbito de la cooperación técnica por parte de ambos Gobiernos.
Asimismo, se entiende que la cooperación técnica entre...
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