ASESORÍAS E INVERSIONES VIENTO AL SUR SpA
Fecha de publicación | 25 Noviembre 2020 |
Número de registro | CVE-1853588 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 42.814 |
CVE 1853588 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.814 | Miércoles 25 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1853588
EXTRACTO
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34º
Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Comuna de Providencia,
Santiago, certifico que ante mí: Por escritura pública de fecha 16/11/2020, doña CLAUDIA
RENEE COMPAGNON CARVAJAL, chilena, diseñadora de vestuario, casada y separada
totalmente de bienes, cédula nacional de identidad Nº12.871.842-7, domiciliada en calle Julia
Bernstein número noventa y dos, casa A, comuna de La Reina, Región Metropolitana; constituyó
una sociedad por acciones: RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social es “ASESORÍAS E
INVERSIONES VIENTO AL SUR SpA”. DOMICILIO: Su domicilio legal será la ciudad de
Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el administrador de la Sociedad
decida establecer en otros lugares, dentro o fuera del país. DURACIÓN: La duración de la
Sociedad será indefinida. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: (i) La prestación de asesorías
en el ámbito del diseño de vestuario y la confesión de vestimenta, entre otras, en general, la
ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados; y
(ii) La inversión, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clase de bienes corporales o
incorporales, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios y de derechos sociales; y la
participación, promoción y desarrollo de actividades comerciales; y, en general, la ejecución de
todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados. Para estos
efectos, podrá: /a/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles,
explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos,
decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b/
Invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; /c/
Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades,
administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las
ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme
parte; /d/ Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de
comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e
invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no
tuvieren el anterior carácter; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o
raíces que posea; /f/ Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables,
de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal,
pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la
actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g/ Administrar los fondos de la operación del giro y
de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario
para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h/ Percibir las rentas y
frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción,
organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; y
/j/ En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para
el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna. CAPITAL: El
capital de la Sociedad es la suma de UN MILLÓN DE PESOS, dividido en CIEN ACCIONES
ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y que se
paga en la forma en que señala el artículo primero transitorio de estos estatutos.
ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social
corresponderá a doña CLAUDIA RENEE COMPAGNON CARVAJAL. Demás estipulaciones
en escritura extractada. Santiago, a 19 de noviembre de 2020.
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