ASESORÍAS Y ADMINISTRACIÓN CONTABLE SUMA GESTION LIMITADA 76.451.377-0 - 14 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 916330815

ASESORÍAS Y ADMINISTRACIÓN CONTABLE SUMA GESTION LIMITADA 76.451.377-0

Fecha de publicación14 Diciembre 2022
Número de registroCVE-2233767
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.425
CVE 2233767 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.425 | Miércoles 14 de Diciembre de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2233767
EXTRACTO
FELIPE EDUARDO LEIVAI ILABACA, Abogado Notario Público Titular de la Primera
Notaria de Ovalle, domiciliado en calle Vicuña Mackenna número 370, oficina 3- E, Certifico:
por escritura pública de fecha 05 de Diciembre de dos mil veintidós, Repertorio 3172/2022, ante
doña MARIA ISABEL ROJAS JAMETT, Notario Público Suplente: Alejandro Antonio Basso
Valdovinos y Mónica del Carmen Lagunas Gómez, ambos domiciliados en Notario Enrique
Gaete Caldera Nº 1476, Villa Los Parrones El Portal, Ovalle, y Camila Ignacia Basso Lagunas,
domiciliada en calle Escandinavia N° 110, departamento N° 805, comuna de Las Condes, Región
Metropolitana de Santiago, modificaron sociedad “ASESORÍAS Y ADMINISTRACIÓN
CONTABLE SUMA GESTION LIMITADA” (la “Sociedad”), inscrita a fs. 317 Nº 183 del
Registro de Comercio de Ovalle del año 2016, en el sentido que don Alejandro Antonio Basso
Valdovinos cedió parte de sus derechos ascendentes a un 10% del capital social total a doña
Camila Ignacia Basso Lagunas, quien ingresó a la Sociedad, en condiciones indicadas en
escritura extractada, y también don Alejandro Antonio Basso Valdovinos cedió la totalidad
restante de sus derechos, ascendentes a un 20% del capital social total, a doña Mónica del
Carmen Lagunas Gómez, en condiciones indicadas en escritura extractada, retirándose de la
Sociedad, sustituyéndose al efecto el Artículo Quinto de los estatutos por el siguiente:
“QUINTO: CAPITAL SOCIAL: El capital social es la suma de $2.000.000.-, que se ha enterado
y pagado por los socios con anterioridad a esta fecha y se distribuye entre los actuales socios del
modo que se indica a continuación: a/ Camila Ignacia Basso Lagunas, $200.000.-, suma
correspondiente a un 10% de los derechos sociales; y, b/ Mónica del Carmen Lagunas Gómez,
$1.800.00.-, suma correspondiente a un 90% de los derechos sociales.”. Asimismo, las socias
modificaron el objeto social en el sentido de incluir en el mismo la prestación de servicios de
carácter agrícola, tales como la fumigación, la fertilización o la desinfección de plantas y
vegetales, mediante la utilización de vehículos aéreos no tripulados y dispositivos del tipo
“dron”, así como la prestación de servicios, a través de las mismas herramientas, de inspección,
mensura, topografía y levantamiento de material visual o audiovisual de predios, sus
dimensiones o su demarcación, sustituyendo al efecto el artículo Tercero de los estatutos
sociales, relativo al objeto social, por el siguiente: “TERCERO: OBJETO: El objeto de la
sociedad será la prestación de servicios administrativos y contables, los de asesoría y estudios en
materia financiera, la elaboración y presentación de proyectos e informes, para entidades
públicas y privadas y, en general, la asesoría y auditoria en materias financieras, contables y
tributarias; la prestación de servicios de asesoría y consultoría informática; el suministro,
desarrollo y diseño de software; los servicios de procesamiento de datos; el mantenimiento y
reparación de maquinaria y equipos de oficina e informática; la prestación de servicios de
asistencia técnica; la organización, desarrollo y ejecución de actividades y servicios de
capacitación, charlas y talleres de formación técnica y entrenamiento para toda clase de empresas
y entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras; el arrendamiento y subarrendamiento
de oficinas y espacios de trabajo, para uso individual o colectivo; y, los servicios de secretaría, de
manejo de agenda, de recepción y transferencia de llamadas y mensajes, así como los servicios
de mensajería, en general, relacionados o no con el uso de tales oficinas; la prestación de
servicios de fumigación, fertilización o desinfección de plantas y vegetales o cualquier otro de
carácter agrícola, mediante la utilización de vehículos aéreos no tripulados y dispositivos del tipo
“dron”; así como la prestación de servicios, a través de las mismas herramientas, de inspección,
mensura, topografía y levantamiento de material visual o audiovisual de predios, sus
dimensiones o su demarcación, así como cualquier otro relacionado o anexo a los anteriores que
los socios acordaren.”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Ovalle, 12 de
diciembre de 2022.

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