Decreto 533 - CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA FORMULACION Y EJECUCION DE LAS POLITICAS DE DERECHOS HUMANOS - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241453850

Decreto 533 - CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA FORMULACION Y EJECUCION DE LAS POLITICAS DE DERECHOS HUMANOS

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA FORMULACION Y EJECUCION DE LAS POLITICAS DE DERECHOS HUMANOS

Núm. 533.- Santiago, 15 de mayo de 2006.- Visto: Lo dispuesto por los artículos 24 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República, en relación con los incisos cuarto y quinto del artículo 1º, y los artículos y 19 Nº 1 de la misma Constitución, y

Considerando:

1) Que, la política sobre derechos humanos implementada por los gobiernos democráticos se ha edificado sobre tres pilares esenciales: Verdad, Justicia y Reparación, con la profunda convicción de que constituyen las bases para una nueva convivencia entre los chilenos.

2) Que, tanto el Gobierno como la sociedad chilena han compartido un principio esencial en materia de derechos humanos, conforme al que el conocimiento de la verdad y la obtención de justicia permitirán rehabilitar la dignidad de las víctimas, facilitar a sus familiares y deudos la posibilidad de honrarlas como corresponde y reparar en alguna medida el daño causado.

3) Que, como clara concreción normativa de lo anterior, el artículo 6° de la ley N° 19.123 declaró que la ubicación de las personas detenidas desaparecidas, como igualmente la de los cuerpos de las personas ejecutadas y las circunstancias de dicha desaparición o muerte, constituyen un derecho inalienable de los familiares de las víctimas y de la sociedad chilena.

4) Que, no obstante las políticas desarrolladas y los avances obtenidos en los últimos años en materia de reconocimiento y reparación de las víctimas de violaciones a los derechos humanos y sus familiares, no ha sido posible concluir la tarea de esclarecer el paradero de un gran número de personas que fueron detenidas o secuestradas, y que continúan desaparecidas.

5) Que, por otra parte, el proceso de identificación de los restos de personas inhumadas ilegalmente que han podido ubicarse, ha enfrentado múltiples dificultades y retrasos, tanto por el tiempo transcurrido desde su fallecimiento, como por la insuficiencia de las tecnologías disponibles para dicha tarea.

6) Que, en consecuencia, es una obligación de la Presidenta de la República, encargada del Gobierno y la administración del Estado, promover el bien común de la sociedad y hacer todo cuanto su autoridad permita para contribuir a la ubicación e identificación de los restos de víctimas de violaciones a los derechos humanos, en cuanto ello fuere posible.

7) Que, además de lograr la superación de las situaciones pendientes referidas, el país requiere enfrentar la promoción y resguardo de los derechos humanos como una tarea permanente hacia el futuro, para lo cual será necesario diseñar políticas integrales de derechos humanos e instalar una institucionalidad adecuada para su impulso y ejecución.

8) Que, para tales finalidades, el programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior canaliza diversas...

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