Decreto 78 - RENUEVA FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN LAS NEGOCIACIONES CON LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) CREADA POR DECRETO N°296, DE 21 DE DICIEMBRE DE 1993, DEL MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456956810

Decreto 78 - RENUEVA FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN LAS NEGOCIACIONES CON LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) CREADA POR DECRETO N°296, DE 21 DE DICIEMBRE DE 1993, DEL MINISTERIO DE MINERÍA

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 3 de Julio de 2008

RENUEVA FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN LAS NEGOCIACIONES CON LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) CREADA POR DECRETO N°296, DE 21 DE DICIEMBRE DE 1993, DEL MINISTERIO DE MINERÍA

Núm. 78.- Santiago, 28 de marzo de 2008.- Visto: los Decretos Supremos del Ministerio de Minería N°296 de 21 de diciembre de 1993, N°213 de 12 de septiembre de 1995, N°215 de 8 de septiembre de 1997, N°125 de 18 de abril de 2000, N°48 de 10 de abril de 2002, N°23 de 11 de marzo de 2004 y N°12 de 19 de enero de 2006; el artículo 2° letra b) del decreto ley N°1.349 de 1976, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 8 de enero de 1987, del Ministerio de Minería, y los Nos 8°, 10° y 17° del artículo 32 de la Constitución Política de la República, y

Considerando:

  1. Que, por Decreto Supremo N°296 de 21 de diciembre de 1993, del Ministerio de Minería, se creó la Comisión Técnica Asesora (CTA) encargada de colaborar y asesorar al Presidente de la República en las negociaciones que lleva a cabo el Gobierno de Chile con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y/o con Gobiernos extranjeros u otras organizaciones internacionales para revisar la "Guía sobre Calidad del Agua Potable" emitida por dicho organismo de la Organización de Naciones Unidas (ONU) en lo relativo a los criterios de salud ambientales relacionados con los posibles efectos para la salud que se atribuyen al cobre contenido en el agua potable.

  2. Que, la estrategia adoptada por la CTA para lograr el reconocimiento del cobre como elemento esencial para la salud humana, condujo a la elaboración de una Guía sobre Principios y Métodos para la Evaluación de Riesgo de los Elementos Traza Esenciales, documento 228 de la serie del Programa Internacional de Seguridad Química (IPCS, 2002), gestionada por el Gobierno de Chile, lo que permitió examinar los efectos de las sustancias que son nutrientes esenciales, entre ellas el cobre, generando evidencia sobre su bajo nivel de riesgo a la salud humana al sobrepasar los umbrales de referencia.

  3. Que, con esta evidencia científica se completó exitosamente la Primera Fase de investigación y negociaciones técnicas internacionales (1993-2004) ligadas a los efectos del cobre contenido en el agua potable sobre la salud humana, culminando con la Tercera Edición de la Guía sobre Calidad del Agua Potable de la OMS, que clasificó al cobre como seguro para la salud humana...

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