Decreto Ley núm. 41, publicado el 10 de Diciembre de 1973. ASCIENDE PERSONAL DEL CUADRO PERMANENTE POST MORTEM - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497672742

Decreto Ley núm. 41, publicado el 10 de Diciembre de 1973. ASCIENDE PERSONAL DEL CUADRO PERMANENTE POST MORTEM

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto Ley

ASCIENDE PERSONAL DEL CUADRO PERMANENTE POST MORTEM

Decreto ley N° 41.- Santiago, 24 de Septiembre de 1973.- Vistos: lo dispuesto en el decreto ley N° 1, de fecha 11 de Septiembre de 1973, la Junta de Gobierno de la República ha acordado y dicta el siguiente

Decreto ley:

Artículo 1°

Asciéndese, por gracia, a contar desde el 29 de Junio de 1973, para todos los efectos legales y previsionales, al siguiente personal del Cuadro Permanente y Conscriptos del Ejército, muertos en actos del servicio:

SG1. Rafael Villena Cabello, a SOM.

CB1. José R. Jorquera Jorquera, a SG1.

CB2. Luis O. Torres Muñoz, a SG2.

SLC. Sergio Figueroa Véliz, a CB2.

SLC. José A. Conejeros Huenchiñir, a CB2.

SLC. Federico Ugarte Segura, a CB2.

SLC. Samuel Tapia Llanca, a CB2.

Artículo 2°

Declárase aplicable, a contar desde la misma fecha, para todos los efectos legales y previsionales, el decreto ley Nº 17, de Septiembre de 1973, al personal indicado en el articulo anterior.

Artículo 3°

El mayor gasto que signifique la aplicación del presente decreto ley se imputará al Item de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en el Boletín Oficial del Ejército y en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe, Presidente de la Junta de Gobierno.-...

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