Decisión nº C1963-13, de Consejo de Transparencia de 11 de Abril de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544596610

Decisión nº C1963-13, de Consejo de Transparencia de 11 de Abril de 2014

Fecha de Resolución11 de Abril de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Médica - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C1963-13

Entidad pública: Hospital del Salvador de Santiago.

Requirente: Arturo Ruiz Figueroa.

Ingreso Consejo: 11.11.2013.

En sesión ordinaria Nº 515 del Consejo Directivo, celebrada el 11 de abril de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1963-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 8 de octubre de 2013, don Arturo Ruiz Figueroa solicitó al Hospital del Salvador, de Santiago, copia completa de su ficha médica, "en especial, acápites donde conste la última reunión con la comisión de pre-trasplante de riñón, con el Dr. Oscar Espinoza y una enfermera" (cuyo nombre desconoce), ocasión en que se le comunicó que se le declaraba como sujeto no apto para trasplante.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 11 de noviembre de 2013, don Arturo Ruiz Figueroa dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del Hospital del Salvador, de Santiago, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud.

3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo, trasladándolo a la Sra. Directora del Hospital del Salvador de Santiago, mediante el Oficio N° 4.870, de 21 de noviembre de 2013. El órgano reclamado evacuó sus descargos el 9 de diciembre de 2013, por Ordinario N° 1.930, y su complementación de 18 de marzo de 2014, en los siguientes términos:

a) La solicitud de información fue atendida, enviando respuesta al recurrente, el 15 de noviembre de 2013, mediante carta certificada que contenía el Ordinario N° 1.828, como también al correo electrónico que señaló en su solicitud.

b) En tal documento se le informó que la ficha clínica solicitada se encontraba a su disposición, para realizar una copia, invitándolo a acercarse a la Oficina de Informaciones Reclamos y Sugerencias (OIRS) del establecimiento, debiendo asumir el costo de $20 por cada fotocopia. En cuanto a la decisión clínica adoptada por el equipo de trasplante de riñón, se le otorgó un informe médico, elaborado por el Dr. Espinoza, Jefe del Programa de Trasplante Renal del establecimiento.

c) La razón de la demora en la respuesta, obedeció a que en primera instancia se buscó la información solicitada consistente en un acta de reunión con la comisión de pre trasplante de riñón que menciona el...

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