Ley núm. 19127, publicada el 08 de Febrero de 1992. MODIFICA ARTICULO 1° DE LA LEY N° 18.291, AUMENTANDO LA PLANTA DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Ley |
MODIFICA
DE LA LEY N° 18.291, AUMENTANDO LA PLANTA DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE.
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
"Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Ley N° 18.291 aumentando la planta y grados del personal de Carabineros de Chile, en la siguiente forma:
NUMERO DE EMPLEOS Grados
-
PERSONAL DE NOMBRAMIENTO SUPREMO
-
OFICIALES DE FILA
1) Escalafón de Orden y Seguridad
24 Capitanes 9
66 Tenientes 11
-
OFICIALES DE LOS SERVICIOS
2) Escalafón de Sanidad
1 Teniente Coronel 7
2 Mayores 8
1 Capitán 9
1 Teniente 11
3) Escalafón de Sanidad Dental
1 Teniente Coronel 7
2 Mayores 8
1 Capitán 9
1 Teniente 11
-
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PERSONAL DE NOMBRAMIENTO INSTITUCIONAL
-
PERSONAL DE FILA
1) Escalafón de Orden y Seguridad y de
los Servicios
14 Suboficiales Mayores 11
34 Suboficiales 12
90 Sargentos 1ros. 13
158 Sargentos 2dos. 14
400 Cabos 1ros. 15
550 Cabos 2dos. 16
654 Carabineros 18
-
El aumento de la Planta de Carabineros de Chile, de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior, se materializará de acuerdo al siguiente programa de aumentos anuales:
Personal de Nombramiento Supremo 1993 1994
Escalafón de Orden y Seguridad
Capitanes 12 12
Tenientes 33 33
Escalafón de Sanidad
Teniente Coronel 1
Mayores 2
Capitán 1
Teniente 1
Escalafón de Sanidad Dental
Teniente Coronel 1
Mayores 2
Capitán 1
Teniente 1
Personal de Nombramiento
Institucional 1993 1994
Personal de Fila. Escalafón de Orden
y Seguridad y de los Servicios.
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