Aros Rivera Iván Antonio - Empresa de Obras Civiles Construcción y Servicios a la Minería y otros - 17 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 867719200

Aros Rivera Iván Antonio - Empresa de Obras Civiles Construcción y Servicios a la Minería y otros

Fecha de publicación17 Mayo 2021
Número de registroCVE-1942679
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.955
CVE 1942679 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.955 | Lunes 17 de Mayo de 2021 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 1942679
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras y Garantía de Andacollo, Urmeneta 743, comuna de Andacollo, en causa
RIT: O-3-2020, RUC: 20-4-0264326-k, demandante IVAN ANTONIO AROS RIVERA, cédula
de identidad Nº 9.810.254-K, demandados: EMPRESA DE OBRAS CIVILES
CONSTRUCCION Y SERVICIOS A LA MINERIA, rut: 76.128.851-2; SOCIEDAD ORIETTA
ARAYA PANGUE HIJOS Y CIA., rut: 77.845.920-5; PRADO MINNING SERVICE GROUP
LTDA., rut: 76.002.578-K; CARLOS AGUSTIN PEREZ VEGA, rut: 10.216.721-K;
FRANKLIN PEREZ CARVAJAL E.I.R.L., rut: 76.543.570-6; VECCHIOLA S.A., rut:
87.049.000-3; MAQUINARIAS Y CONSTRUCCIONES CERRO ALTO LTDA., rut:
79.609.720-5; SERGIO ANDRADA ARRIAZA, rut: 8.730.087-0; MAESTRANZA
MARTINEZ TORRES Y CIA. LTDA. EN QUIEBRA, rut:77.166.620-5; NIBALDO
OLIVARES LOPEZ, rut: 10.217.886-6; ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ANDACOLLO, rut:
69.040.400-1; TECNO FAST ATCO S.A., rut: 96.777.070-1; AUSDRILL CHILE LTDA., rut:
78.318.670-5; CONSTRUCTORA SARCO LTDA., rut: 78.090.280-9; INGENIERIA Y
CONSTRUCCIÓN PESADA LTDA. (INCOPESA), rut: 85.275.500-8 y; COMPAÑÍA
MINERA ARENILLAS, RUT:85.871.200-9; por la acción de indemnización de perjuicios por
enfermedad profesional de la ley 16.744. Con fecha 15 de abril de 2020, tribunal provee
“Andacollo, quince de abril de dos mil veinte. A LO PRINCIPAL: Por interpuesta demanda,
traslado. Vengan las partes personalmente a la audiencia preparatoria para el día 25 de mayo del
presente año a las 09:30 horas, la que se celebrará con las partes que asistan, afectándole a la que
no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella sin necesidad de ulterior notificación y
debiendo contar con abogado patrocinante y mandatario judicial. En la audiencia preparatoria los
litigantes deberán indicar los medios de prueba que pretendan valerse en el juicio oral y requerir
las diligencias probatorias atingentes a sus alegaciones. Asimismo, la parte que quiera valerse de
la prueba instrumental deberá en la audiencia preparatoria exhibir los documentos en cuestión
para su examen de admisibilidad. Al PRIMER OTROSÍ: Téngase por acompañado, con citación.
Al SEGUNDO OTROSÍ: Como se pide a la notificación por correo electrónico, salvo respecto
de aquellas resoluciones que deban notificarse por el Estado Diario. Sin perjuicio de lo anterior,
en cuanto a la excepción de las audiencias, atendido el estado de catástrofe nacional por
calamidad pública decretada por la autoridad competente y para el evento de ser estrictamente
necesario y en la medida que existan las condiciones técnicas y tecnológicas que así lo amerite,
no ha lugar, estese a lo que eventualmente se resuelva en su oportunidad. AL TERCER OTROSÍ:
Téngase presente. Notifíquese al demandante, por medio de su abogado, por correo electrónico.
Notifíquese a los demandados, EMPRESAS DE OBRAS CIVILES CONSTRUCCIÓN Y
SERVICIOS A LA MINERÍA, RUT 76.128.851-2; SOCIEDAD ORIETTA ARAYA PANGUE
HIJOS Y CIA. RUT 77.845.920-5, don NIBALDO OLIVARES LÓPEZ, Cédula Nacional de
Identidad N°10.217.886-6; don CARLOS AGUSTÍN PÉREZ VEGA, Cédula Nacional de
Identidad N°10.216.721-k; I. MUNICIPALIDAD DE ANDACOLLO RUT: 69.040.400-1 y
COMPAÑÍA MINERA ARENILLAS RUT 85.871.200-9, por funcionario habilitado de
Tribunal, personalmente o de conformidad a lo establecido en el artículo 437 del Código del
Trabajo. Sin perjuicio de lo anterior y atendida la alerta sanitaria y la declaración de catástrofe
nacional emanada del Poder Ejecutivo, para dar cumplimiento a las recomendaciones de la
autoridad sanitaria y del Poder Judicial tendientes a evitar traslados y contactos entre personas
que puedan colocar en riesgos la salud de funcionarios y usuarios, encontrándose este tribunal
con la dotación mínima exigida y recomendada por las autoridades del Poder Judicial;
practíquese la notificación requerida en su oportunidad, por la funcionaria habilitada de este
tribunal, en la medida que sea posible su realización y no persista el estado de catástrofe
decretado. Respecto de los demandados PRADO MINNING SERVICE GROUP LTDA, RUT
76.002.578-k; FRANKLIN PÉREZ CARVAJAL E.I.R.L, RUT 76.543.570-6; VECCHIOLA
S.A: RUT 87.049.00-3, MAQUINARIAS Y CONSTRUCCIONES CERRO ALTO LTDA, RUT

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR