Decisión nº C1545-17, de Consejo de Transparencia de 30 de Mayo de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 687238505

Decisión nº C1545-17, de Consejo de Transparencia de 30 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C1545-17

Entidad pública: Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud de Antofagasta.

Requirente: Ariel Reinaldo Soto Caro.

Ingreso Consejo: 05.05.2017.

En sesión ordinaria N° 803 de su Consejo Directivo, celebrada el 30 de mayo de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1545-17.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 5 de mayo de 2017, don Ariel Reinaldo Soto Caro dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Antofagasta, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada en su requerimiento código AO041T0000323.

2) Que, en el contexto del análisis de admisibilidad realizado, se advirtió que el reclamante interpuso similar amparo el pasado 25 de abril, ingresado bajo el Rol C1406-17, el cual se encuentra actualmente en tramitación. La única diferencia es que dicho reclamo fue interpuesto en contra del Servicio de Salud Antofagasta; sin embargo, del mérito de los antecedentes, constaba que la solicitud de acceso a la información estaba dirigida a la SEREMI de Salud de Antofagasta, órgano que además emitió la respuesta reclamada, razón por la cual el amparo C1406-17 se tuvo por reconducido en su contra.

3) Que, en virtud de lo señalado, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 46, inciso segundo, del Reglamento de la Ley de Transparencia, se dispuso, mediante el Oficio N° E1015, de 16...

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