Argos Viajes y Turismo Limitada 76.370.420-3 - 4 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 922074942

Argos Viajes y Turismo Limitada 76.370.420-3

Fecha de publicación04 Febrero 2023
Número de registroCVE-2266605
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.469
CVE 2266605 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.469 | Sábado 4 de Febrero de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2266605
EXTRACTO
JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI, Notario Público Suplente del Titular don Pablo Alberto
González Caamaño, Novena Notaria de Santiago, con oficio en Teatinos N° 333, entrepiso,
Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de 15 de diciembre de 2022, otorgada ante el
titular: Doña YAZMIN STEPHANIA ARÓSTEGUI CURI, comerciante, con domicilio en calle
Evaristo Lillo 140, depto. 23, Las Condes, Región Metropolitana, don HECTOR ÓSCAR
ARÓSTEGUI PERROTTA, factor de comercio, con domicilio en Catedral 1083, local 30,
Santiago, y doña ZULY LISBETH MENDOZA GARCIA, empresaria, del mismo domicilio
anterior, modifican sociedad de responsabilidad limitada constituida con fecha 31 de agosto del
2005, en la Notaria de Santiago de don Arturo Carvajal Escobar, cuya razón social es “ARGOS
VIAJES Y TURISMO LIMITADA” inscrita a fojas 33.304 Nº 23.771 en el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil cinco;
su extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha veintitrés de septiembre del mismo año.
Dicha sociedad se modificó con fecha 12 de diciembre de 2008, en la Notaría de doña María
Soledad Santos Muñoz, cediendo todos sus derechos doña WALDINA ASUNCION
BERGOTTINI ARGUELLO a don HECTOR OSCAR ARÓSTEGUI PERROTTA, y quedando
como únicos socios don HECTOR OSCAR ARÓSTEGUI PERROTTA, con un 90% de los
derechos sociales y doña YAZMIN STEPHANIA ARÓSTEGUI CURI con el 10% restante,
modificación que fue inscrita a fs. 1181 Nº802 del año 2009 y al margen de la escritura original a
fs. 33304 Nº23771 del año 2005, y publicado el extracto con fecha 19 de enero de 2009 en el
Diario Oficial; con fecha 18 de marzo de 2014, se modificó la sociedad complementando la
cláusula de administración en el sentido que en caso de fallecimiento o incapacidad de don
Héctor Oscar Aróstegui Perrotta, asumirá dichos cargos, sin necesidad de modificación u otro
nombramiento y con todas las atribuciones y facultades insertas en la escritura constitutiva, doña
WALDINA ASUNCIÓN BERGOTTINI ARGUELLO, modificación que fue inscrita a fs. 34226
Nº21398 del año 2014 y al margen de la escritura original a fs. 33304 Nº23771 del año 2005, y
publicado el extracto con fecha quince de mayo de 2014 en el Diario Oficial. Modificación
consiste: YAZMIN STEPHANIA ARÓSTEGUI CURI, vende, cede y transfiere a ZULY
LISBETH MENDOZA GARCIA 10% de derechos sociales correspondientes a la totalidad de
sus derechos, en la suma de $15.000.000.- manteniendo el 90% de los derechos sociales
HECTOR OSCAR ARÓSTEGUI PERROTTA, con un capital de $3.000.000.- con $2.700.000.-
ya aportados por don HÉCTOR ARÓSTEGUI PERROTTA y $300.000.- aportados por doña
ZULY LISBETH MENDOZA GARCÍA. Socios limitan responsabilidad a sus aportes. La razón
social seguirá siendo la misma y la administración y uso de la razón social corresponde a don
HECTOR OSCAR ARÓSTEGUI PERROTTA. El objeto social es a) El transporte de pasajeros
y/o cargas y encomiendas en todas sus formas, incluso como comisionistas dentro y fuera del
país; b) Actuando como agencia de viajes y de turismo, por cuenta propia o de terceros, en todas
sus modalidades , en Chile o en el extranjero; c) La realización de operaciones de cambio
internacional, vendiendo o comprando, al contado o a plazo, toda clase de moneda extranjera; y
toda otra actividad relacionada con lo anterior, así como todas aquellas otras que los socios
unánimemente acuerden. La duración de la sociedad es de tres años renovables, sin limitación
alguna. Demás estipulaciones en escritura extractada.

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