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Decreto núm. 829, publicado el 10 de Enero de 1997. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA III REGION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA III REGION

Núm. 829.- Santiago, 12 de noviembre de 1996.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº 5, de 1983; la Ley Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.S. Nº 355, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; lo informado por el Departamento de Coordinación Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Nº 416, de 4 de noviembre de 1996; por el Consejo Zonal de Pesca de la III y IV Regiones mediante Oficio Nº 06, de 5 de febrero de 1996; por la Subsecretaría de Marina mediante Oficio S.S.M. Ord. Nº 12210/2897/SSM, de 25 de octubre de 1996.

Considerando:

Que el artículo 48 letra d) establece la facultad y el procedimiento para establecer áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos.

Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la III y IV Regiones, aprueban el establecimiento de cinco áreas de manejo ubicadas en los sectores denominados Carrizal Bajo, El Cisne, Chañaral de Aceituno y Puerto Viejo, III Región.

Que se ha consultado esta medida de administración a la Subsecretaría de Marina, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del D.S. Nº 355, de 1995, citado en Visto.

D e c r e t o:

Artículo 1º

Establécese las siguientes áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos, en los Sectores de la III Región que a continuación se indican:

  1. En el Sector denominado Carrizal Bajo, un área inscrita en la figura irregular, cuyos vértices tienen las siguientes coordenadas:

    Vértice Latitud Longitud

    A 28° 02' 21,10" 71° 09' 05,45"

    B 28° 02' 21,10" 71° 09' 19,50"

    C 28° 02' 49,90" 71° 09' 10,20"

    D 28° 03' 20,10" 71° 09' 05,50"

    E 28° 03' 41,80" 71° 08' 56,80"

    F 28° 03' 41,60" 71° 08' 40,54"

    G 28° 03' 03,20" 71° 08' 41,81"

    H 28° 02' 44,70" 71° 08' 51,20"

  2. En el Sector denominado Chañaral de Aceituno, un área inscrita en la figura irregular, cuyos vértices tienen las siguientes coordenadas:

    Vértice Latitud Longitud

    A 29° 04' 58,2" 71° 31' 01,8"

    B 29° 04' 44,6" 71° 31' 08,8"

    C 29° 04' 52,1" 71° 31' 23,2"

    D 29° 05' 17,8" 71° 31' 25,7"

    E 29° 05' 35,3" 71°...

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