Decreto núm. 610, publicado el 26 de Noviembre de 1999. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION
Núm. 610.- Santiago, 20 de octubre de 1999.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº5, de 1983; la ley 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.S. Nº355, de 1995 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; lo informado por el Departamento de Coordinación Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en memorándum Nº581 de fecha 27 de agosto de 1999; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones mediante oficio Z4/Nº041 de fecha 24 de junio de 1999; por la Subsecretaría de Marina mediante oficio S.S.M.
Nº12210/0493 S.S.P., de fecha 18 de febrero de 1999; la ley Nº10.336.
Considerando:
Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº18.892 establece la facultad y el procedimiento para establecer áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos.
Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones, aprueban el establecimiento de 4 áreas de manejo en Puerto Aguirre Sectores A, B, C y D.
Que se ha consultado esta medida de administración a la Subsecretaría de Marina de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del D.S. Nº355, de 1995, citado en Visto.
D e c r e t o:
Establécese las siguientes áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos, en la XI Región en los sectores de Puerto Aguirre que a continuación se indican:
1) Sector A, determinado por la figura irregular y los vértices, cuyas coordenadas geográficas son las siguientes:
Sector A
(Carta Shoa Nº809; Esc. 1:70.000; 1ª Ed. 1950)
Vértice Latitud S. Longitud W.
A 45°08'32,29" 73°38'17,83"
B 45°08'57,00" 73°38'09,72"
C 45°08'30,00" 73°36'32,43"
D 45°08'16,00" 73°36'45,40"
E 45°08'24,00" 73°37'40,00"
F 45°08'27,00" 73°37'50,00"
2) Sector B, determinado por la figura irregular y los vértices, cuyas coordenadas geográficas son las siguientes:
Sector B
(Carta Shoa 809; Esc. 1:70.000; 1ª Ed. 1950)
Vértice Latitud S. Longitud W.
A 45°09'19,61" 73°37'42,30"
B 45°09'46,15" 73°37'00,00"
C 45°09'17,30" 73°35'52,50"
D 45°08'42,69" 73°36'19,45"
3) Sector C, determinado por la figura irregular entre la línea de...
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