Decreto núm. 610, publicado el 26 de Noviembre de 1999. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470915002

Decreto núm. 610, publicado el 26 de Noviembre de 1999. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION

Núm. 610.- Santiago, 20 de octubre de 1999.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº5, de 1983; la ley 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.S. Nº355, de 1995 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; lo informado por el Departamento de Coordinación Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en memorándum Nº581 de fecha 27 de agosto de 1999; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones mediante oficio Z4/Nº041 de fecha 24 de junio de 1999; por la Subsecretaría de Marina mediante oficio S.S.M.

Nº12210/0493 S.S.P., de fecha 18 de febrero de 1999; la ley Nº10.336.

Considerando:

Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº18.892 establece la facultad y el procedimiento para establecer áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos.

Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones, aprueban el establecimiento de 4 áreas de manejo en Puerto Aguirre Sectores A, B, C y D.

Que se ha consultado esta medida de administración a la Subsecretaría de Marina de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del D.S. Nº355, de 1995, citado en Visto.

D e c r e t o:

Artículo 1º

Establécese las siguientes áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos, en la XI Región en los sectores de Puerto Aguirre que a continuación se indican:

1) Sector A, determinado por la figura irregular y los vértices, cuyas coordenadas geográficas son las siguientes:

Sector A

(Carta Shoa Nº809; Esc. 1:70.000; 1ª Ed. 1950)

Vértice Latitud S. Longitud W.

A 45°08'32,29" 73°38'17,83"

B 45°08'57,00" 73°38'09,72"

C 45°08'30,00" 73°36'32,43"

D 45°08'16,00" 73°36'45,40"

E 45°08'24,00" 73°37'40,00"

F 45°08'27,00" 73°37'50,00"

2) Sector B, determinado por la figura irregular y los vértices, cuyas coordenadas geográficas son las siguientes:

Sector B

(Carta Shoa 809; Esc. 1:70.000; 1ª Ed. 1950)

Vértice Latitud S. Longitud W.

A 45°09'19,61" 73°37'42,30"

B 45°09'46,15" 73°37'00,00"

C 45°09'17,30" 73°35'52,50"

D 45°08'42,69" 73°36'19,45"

3) Sector C, determinado por la figura irregular entre la línea de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR