Arbitrajes - Núm. 8, Noviembre 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 909455635

Arbitrajes

AutorJorge Rodillo
Páginas22-23
Arbitrajes
Un punto de mejora en arbitrajes domésticos
complejos: nueva estructura para presentar
los instrumentos probatorios.
Jorge Rodillo
jrodillo@bmaj.cl
En los arbitrajes de alta complejidad es usual
que las partes se valgan de una gran cantidad
de documentos, informes y declaraciones de
testigos para acreditar sus alegaciones y
defensas. Todos estos antecedentes suelen
ser incorporados al proceso en el término
probatorio. Luego de ello, tienen lugar las
audiencias donde se contrainterrogan peritos y
testigos, que hayan presentado las partes.
La concentración de todos estos
antecedentes en un breve periodo de tiempo,
sumado a que en muchas ocasiones los
documentos se acompañan el último día del
término probatorio, acarrean una serie de
inconvenientes prácticos para los intervinientes
de un arbitraje, esto es, partes y el Tribunal
Arbitral, quienes deberán procesar y analizar
todos los instrumentos probatorios
presentados en un lapso temporal muy breve
antes de que se lleve a cabo la audiencia de
fondo. Lo anterior no es sólo problemático por
el estrés al que se someten los intervinientes,
sino también, impone problemas para evaluar
adecuadamente el mérito de cada
antecedente.
Para evitar lo anterior, es razonable adoptar
una estructura diferente en los procedimientos
de los arbitrajes complejos, similar a como se
efectúa a nivel del arbitraje internacional: que
los instrumentos probatorios sean
acompañados en los escritos durante la fase
de discusión, fundando además las
alegaciones y defensas de las partes.
Por un lado, este cambio permite
aprovechar de mejor manera el período de
discusión, toda vez que las partes deberán
presentar todos y cada uno de los
antecedentes probatorios que tengan por
objeto acreditar sus afirmaciones,
descartándose así alegaciones y defensas que
carecen de sustento.
Por otro lado, también posibilitan que la audiencia
de fondo sea mucho más provechosa, porque (1)
permite a las partes preparar de mejor manera
sus alegaciones y defensas (y evitar aquellas que
carecen de fundamento); (2) permite al Tribunal
procesar adecuadamente los distintos
instrumentos probatorios presentados por las
partes al momento de la audiencia, facilitando así
las preguntas que estime formular; y, (3) permite
canalizar de mejor forma los antecedentes para el
escrito de observaciones a la prueba.
Adoptar un procedimiento de estas
características para arbitrajes de alta complejidad,
no sólo podría facilitar el trabajo de las partes a
exponer su caso, sino también, hacer más fácil y
llevadero el proceso de valoración de la prueba a
todos los intervinientes y, en particular, a los
Tribunales Arbitrales.

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