Arbitraje concursal - Arbitraje concursal - Procedimientos Concursales. 2023 - Libros y Revistas - VLEX 933149207

Arbitraje concursal

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Páginas485-486
PROCEDIMIENTOS CONCURSALES 󰜔 PRÁCTICA FORENSE
485
Capítulo VIII
ARBITRAJE CONCURSAL
Cuando un Deudor, quiere someterse al llamado arbitraje
concursal, debe hacerlo ciñéndose a las siguientes disposiciones:
1.- CONSTITUCIÓN DEL ARBITRAJE.
Podrán ser sometidos a arbitraje los Procedimientos
Concursales de Reorganización y Liquidación.
En el Procedimiento Concursal de Reorganización, el
Deudor manifestará su voluntad de someterse a arbitraje,
acompañando al tribunal competente, junto con los antecedentes
singularizados en el artículo 56 de esta ley, las cartas de apoyo
suscritas por acreedores que representen a lo menos la mayoría
absoluta del pasivo del deudor, las cuales indicarán el nombre de los
árbitros titular y suplente designados por los acreedores y sus
honorarios.
En el Procedimiento Concursal de Liquidación, la Junta
Constitutiva referida en el artículo 193 de esta ley o cualquier Junta
posterior podrá acordar, con Quórum Especial, someterse a arbitraje,
designar a los árbitros titular y suplente, y fijar sus honorarios.
En ambos casos el nombramiento de los árbitros titular y
suplente deberá recaer en uno vigente de la Nómina de Árbitros
Concursales y podrá ser reemplazado por otro árbitro de la referida
nómina, por acuerdo de los acreedores, con las mayorías señaladas
anteriormente, y con el consentimiento del Deudor en los
Procedimientos Concursales de Reorganización (Art.295).
2.- NATURALEZA DEL ARBITRAJE Y CONSTITUCIÓN DEL
TRIBUNAL ARBITRAL.
El árbitro será de derecho y unipersonal.
El árbitro se considerará constituido con su aceptación en el
cargo y deberá prestar juramento ante el secretario del tribunal al que
le hubiere correspondido conocer del Procedimiento Concursal
respectivo. En este mismo acto, el árbitro fijará su domicilio, el que
deberá estar ubicado en la misma jurisdicción del tribunal señalado.
El árbitro designará a un secretario, cargo que deberá ser
ejercido por un abogado.

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