Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 21 de Enero de 2014 (Rol Nº 001727-2013) - Jurisprudencia - VLEX 494270122

Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 21 de Enero de 2014 (Rol Nº 001727-2013)

Presidente del tribunalAdministrativo
EmisorTribunal de Propiedad Industrial
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
Número de expediente1007256
Fecha21 Enero 2014

Santiago, veintiuno de enero del dos mil catorce.

Vistos:

A fojas 1, se solicitó el registro de la marca denominativa “ARAUCO TAG” por PARQUE ARAUCO S.A., para distinguir servicios de estacionamiento de automóviles, servicios de provisión de información actualizada relativa a espacio disponibles de estacionamientos,

servicios en línea o a través de un sitio web de entrega de información acerca de disponibilidad de estacionamientos para automóviles, clase 39;

A fojas 23, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley 19.039, el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial por resolución de fecha diez de septiembre del año dos mil trece, rechazó de oficio dicho registro fundado en el artículo 19 y en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por los registros inscritos bajo el número 1.047.795,

correspondiente a la marca denominativa “ARAUCO”, que distingue servicios de empresa de mudanzas y de ambulancias; de almacenaje de toda clase de mercaderías; alquiler de toda clase de vehículos, remolque marítimo, funcionamiento de aeropuertos, puertos y muelles y salvamento de buques; embalaje y empaquetado de mercaderías; informes de corredores y agentes de turismo; y estacionamientos para vehículos, clase 39; bajo el número 934.723, correspondiente a la marca denominativa “ARAUCO”, que distingue servicios de transporte marítimo, fluvial, terrestre y aéreo, de personas, mercaderías,

valores y animales, incluyendo carga, descarga, estiba y desestiba de naves y otros medios de transporte, clase 39; y, bajo el número 959.119, correspondiente a la marca denominativa “ARAUCO”, que distingue servicios de transporte marítimo, fluvial, terrestre y aéreo de personas, animales y mercaderías; servicios de transporte, suministro y distribución de energía; servicios de informaciones y consejos relativos a los servicios de transporte y de distribución de la energía; servicios de transporte por gasoductos,

oleoductos; servicios de corretaje de transporte; servicios de información sobre transporte; servicios de empresas de mudanza y de ambulancias; servicios de almacenaje,

embalaje, empaquetado, bodegaje y distribución de todo tipo de mercaderías, en especial de energía, electricidad y agua, por cualquier medio; servicios de alquiler de almacenes y frigoríficos; servicios de alquiler de contenedores de almacenamiento...

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