Araneda Martínez Betsy Melany y otros - Rucam SpA y otras - 2 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 930153193

Araneda Martínez Betsy Melany y otros - Rucam SpA y otras

Fecha de publicación02 Mayo 2023
Número de registroCVE-2304191
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.540
CVE 2304191 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.540 | Martes 2 de Mayo de 2023 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2304191
NOTIFICACIÓN
1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N° 950, Comuna de Santiago, en
causa RIT: O-6751-2022, RUC: 22-4-0438007-2, demandantes: 1) BETSY MELANY
ARANEDA MARTÍNEZ, RUN N°13.670.743-4; 2) CARLOS DAMIÁN TORRES ROMERO,
RUN N°15.515.472-1, y 3) CLAUDIO IGNACIO MARÍN NAVARRO, RUN N°18.096.894-6,
demandados 1) RUCAM SPA, RUT N°76.796.989-9, representada legalmente por MANUEL
ALFREDO CATALÁN ALARCÓN, RUN N°13.071.052-2; 2) EMPRESA CONSTRUCTORA
PROYEKTA LIMITADA, RUT N°78.063.650-5, representada legalmente por GUILLERMO
GARCÍA BRAHM, RUT N°7.153.762-5; 3) INMOBILIARIA PROYECTO VT S.A., RUT
N°76.786.023-4, representada legalmente por FELIPE BENDEK VIERA, RUN
N°12.055.974-5, y 4) INMOBILIARIA PROYECTO VT E3 S.A., RUT N°76.855.559-1,
representada legalmente por FELIPE BENDEK VIERA, RUN N°12.055.974-5, por las acciones
de NULIDAD DEL DESPIDO, DESPIDO INJUSTIFICADO, INDEBIDO O
IMPROCEDENTE, COBRO DE PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES, se fijó Audiencia
Preparatoria para el día 22 de mayo de 2023, a las 09:40 horas, ella se celebrará bajo la
modalidad de video conferencia en plataforma Zoom, ordenado por resolución fecha diez de
abril de dos mil veintitrés, desde la cual, el día fijado para la audiencia, podrá presionar el link
que se adjunta a dicha providencia, para acceder a la agenda de ese día y donde podrá encontrar y
acceder a su sala virtual. La totalidad de los antecedentes se encuentran disponibles en carpeta
digital de la causa, en el portal web del Poder Judicial. Se agrega la siguiente resolución solo
para efectos de dar cumplimiento al artículo 439 del Código del Trabajo.- Santiago, siete de
noviembre de dos mil veintidós. Vistos: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda en
procedimiento de aplicación general. Traslado; debiendo procurar el Centro de Notificaciones la
gestión prioritaria de la notificación respectiva. Cítese a las partes a una audiencia
preparatoria para el 1 de diciembre de 2022, a las 09:40 horas, la que se celebrará bajo la
modalidad de video conferencia en plataforma Zoom. El día fijado para la audiencia, presione el
link que se adjunta a continuación para acceder a la agenda de ese día, donde podrá encontrar y
acceder a su sala virtual. Pinche aquí para acceder a la agenda. La audiencia preparatoria -por
videoconferencia- se celebrará con las partes que asistan el día y hora señalados, afectándole a la
que no concurra, todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior
notificación. En caso de que alguna de las partes tenga impedimento para acceder a la
plataforma, conservará su derecho a concurrir personalmente al tribunal, para el solo efecto de
participar en la audiencia virtual, desde los módulos que estarán habilitados para su realización.
Para tal efecto, la parte que tenga dicha necesidad deberá requerirlo con 48 horas de anticipación
vía telefónica en horario de atención del Tribunal, de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 al
229157000. Las partes deberán presentar a través de la Oficina Judicial Virtual la prueba
documental debidamente digitalizada en formato pdf y minuta de toda la prueba que será
ofrecida. Para tales efectos se fija un plazo de cinco días hábiles de anticipación a la audiencia,
en los términos del artículo 435 inciso final del Código del Trabajo. En esta audiencia las partes
deberán señalar todos los medios de prueba que pretendan hacer valer en la audiencia oral de
juicio, como así también requerir las diligencias de prueba atinentes a sus alegaciones, a fin de
examinar su admisibilidad, aportando en dicha oportunidad correo electrónico de la institución a
la cual se pretende oficiar. En caso de presentar prueba documental, y atendida la actual
modalidad de trabajo del tribunal, se insta a las partes a digitalizar la prueba documental que
hayan de ofrecer a fin de propiciar la gestión de la audiencia vía plataforma zoom, en su
oportunidad. El demandado deberá contestar la demanda por escrito, con a lo menos cinco días
hábiles de antelación (completos), a la fecha de celebración de la audiencia preparatoria, la que
tendrá lugar con las partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas las
resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. Ante la eventual
presentación de testigos, los abogados deberán aportar los correos electrónicos de los mismos,

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