Aprueba el tratado de libre comercio entre el Gobierno de Chile y de Canada y sus anexos, en acuerdo de cooperación ambiental y el acuerdo de cooperación laboral entre los Gobiernos de Chile y Canada. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914493743

Aprueba el tratado de libre comercio entre el Gobierno de Chile y de Canada y sus anexos, en acuerdo de cooperación ambiental y el acuerdo de cooperación laboral entre los Gobiernos de Chile y Canada.

Fecha02 Abril 1997
Número de Iniciativa2009-10
Fecha de registro02 Abril 1997
EtapaTramitación terminada D.S. Nº 1.020 (Diario Oficial del 05/07/1997)
MateriaACUERDOS INTERNACIONALES
Tipo de proyectoProyecto de acuerdo
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje
MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE SE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ...








MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE CANADÁ Y SUS ANEXOS; EL ACUERDO DE COOPERACION AMBIENTAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE CANADÁ; Y EL ACUERDO DE COOPERACION LABORAL ENTRE EL GOBIERNO DE LAS REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE CANADÁ.

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SANTIAGO, marzo 31 de 1997.










M E N S A J E Nº 300-334/










Honorable Cámara de Diputados:


A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CAMARA DE

DIPUTADOS.

Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Acuerdo Chile - Canadá integrado por los siguientes tres Tratados: de Libre Comercio -suscrito en Santiago de Chile el 5 de diciembre de 1996- de Cooperación Ambiental, y de Cooperación Laboral suscritos, el 6 de febrero de 1997, en Ottawa, Canadá.


Cabe destacar que el Acuerdo si bien comprende tres cuerpos normativos, constituye un todo indivisible, ya que el compromiso adquirido con Canadá supone su aprobación en conjunto; sólo así se permitirá equilibrar armónicamente los intereses de cada país.


Asimismo, es importante señalar que las Partes se comprometieron explícitamente en el Acuerdo, a que su entrada en vigor fuera a contar del día 2 de junio de 1997.



I. PLANTEAMIENTO


Este Acuerdo constituye un importante factor para la expansión del intercambio comercial, de las inversiones extranjeras y de los servicios transfronterizos con Canadá, mediante el establecimiento de una zona de libre comercio entre ambas partes. Asimismo, en él se ratifica el compromiso de las Partes de contar con legislaciones en materia laboral y medioambiental que sean compatibles con un desarrollo sustentable, manteniendo Chile su autonomía para determinar los estándares a exigir en nuestro ordenamiento jurídico.


En el mundo contemporáneo las sociedades han tomado conciencia de que dependen unas de otras para lograr incrementar el nivel de desarrollo y disminuir la pobreza. Ello, junto con un acelerado proceso de desarrollo tecnológico, está llevando a una globalización de las economías cada vez mayor. Este proceso se manifiesta tanto a nivel político, como social y económico.


Chile se enfrenta a este escenario mundial en un marco de estabilidad política y con un modelo de desarrollo económico que le ha permitido crecer en promedio a tasas superiores al 7% en la última década. Las exportaciones han cumplido un rol fundamental en el desempeño económico. En efecto, desde 1990 a la fecha, las exportaciones totales han crecido en aproximadamente un 15% anual ; existe cada vez una mayor diversidad de bienes y servicios para exportar; se da un clima adecuado para el desarrollo de la inversión productiva con el consecuente efecto en el empleo y su estabilidad; y se ha iniciado un proceso creciente de inversiones de capitales chilenos en el exterior.


A pesar de lo anterior, subsisten una serie de limitaciones al intercambio y la interrelación entre los países, las que, en su mayoría, son impuestas unilateralmente por los gobiernos y que se mantienen con el fin de proteger algunos sectores en particular. Se debe reconocer también la existencia de diferencias de orden natural, como lo es el tamaño de cada país y su ubicación geográfica que, de un modo u otro, marcan el desarrollo de los pueblos. Las limitaciones mencionadas constituyen restricciones importantes al desarrollo de países como Chile, que han optado por un modelo de economía abierta, pero encuentran trabas al ingreso de sus exportaciones de bienes y servicios a otros mercados y enfrentan inseguridades en las reglas del juego en los mercados externos que disminuyen la rentabilidad de invertir en ellos.


Un importante ejemplo lo constituye el llamado escalonamiento arancelario existente en los grandes mercados, que se traduce en que los productos chilenos con mayor grado de elaboración que ingresan a dichos mercados enfrentan aranceles sustancialmente más elevados. Este fenómeno ha afectado el desarrollo del sector exportador con mayor valor agregado en nuestro país. Existen, asimismo, en algunos casos exigencias de requisitos de nacionalidad para que chilenos presten servicios en el exterior. Los inversionistas chilenos que invierten en el exterior no siempre tienen asegurado el acceso a los mercados locales, y a veces no cuentan con una adecuada ley de protección frente a casos de expropiación. Menos aún, pueden recurrir a un tribunal internacional independiente de los gobiernos en caso de una disputa entre el inversionista y el gobierno del país en que invierte.


Con el fin de superar las anteriores limitaciones, el Gobierno ha iniciado una estrategia basada en la negociación de tratados internacionales. Se trata, así, de constituir un mecanismo complementario y compatible con la apertura unilateral y la liberalización a escala multilateral, que permita generar desarrollo a los distinto ámbitos de nuestra economía. Nuestro país en la actualidad requiere de mayores oportunidades que lo hagan más competitivo, ya que enfrenta requerimientos de calidad y productividad crecientemente exigentes en el mercado mundial. Ello es fundamental para seguir caminando en la senda hacia el desarrollo y generar mejores condiciones de vida para todos los chilenos.



II. FUNDAMENTO


El acuerdo de libre comercio entre Chile y Canadá se enmarca en una política de internacionalización con el resto de los países del continente americano, por lo que la estrategia de negociación se diseñó teniendo en cuenta dicha proyección. Dado que no todos los países americanos están preparados hoy para negociar la supresión de barreras, se inició la negociación con aquellas economías que sí pueden enfrentar dicho desafío en el presente, con el objeto de adelantar, al menos en parte, los beneficios de la integración. Así, se negoció el Acuerdo Bilateral con Canadá que, si bien puede ser fácilmente integrable a tratados regionales en futuras negociaciones con países de América, tiene valor jurídico y económico por sí mismo.


Canadá constituye una de las naciones de mayor grado de desarrollo económico de América, es miembro del grupo de los 7, tiene un ingreso per cápita de cerca de US$ 20.000 anuales e importa anualmente alrededor de US$ 155 mil millones. La integración de Chile con dicha economía marca, sin duda, un hito importante en nuestro camino hacia el desarrollo económico.


En los últimos seis años, nuestras exportaciones a Canadá se han incrementado en más del 70%, lo que indica la existencia de un importante mercado emergente.


Chile y Canadá comparten una visión común acerca del camino a seguir en materia de integración de las Américas. Por ello, Canadá no sólo constituye un mercado importante para la exportación de nuestros bienes y servicios, sino también, aparece como un socio estratégico para Chile en el proceso de integración de las Américas así como con el de Asia Pacífico.


El Acuerdo negociado usó como base el texto del Acuerdo de libre Comercio de América del Norte (NAFTA), el que fue objeto de importantes modificaciones con el fin de mejorarlo y adaptarlo a la realidad de la relación Chile-Canadá. El presente Acuerdo permite que cada parte mantenga su identidad en aquellos puntos que se consideran esenciales. Ejemplos de ello lo constituyen el que Chile se reserva el derecho de mantener los mecanismos de bandas de precios a los que se acogen un grupo de productos agrícolas y, el que el Banco Central de Chile mantiene la facultad de aplicar medidas cambiarias con el objeto de mantener la estabilidad de la moneda.


En algunos aspectos, este Acuerdo profundiza el grado de apertura alcanzado por el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA). Tal es el caso de las reglas de origen de un grupo importante de productos y al compromiso de no imponer derechos antidumping entre Chile y Canadá, a fin de evitar que éstos sean utilizados con fines proteccionistas.


Los derechos antidumping se han constituido en un nuevo mecanismo de protección, ya que muchos países los utilizan sin que exista un real caso de competencia desleal. Dichos derechos, por estar bajo el alero de la Organización Mundial del Comercio (OMC), son difícilmente penalizados. Ello afecta más a las economías de menor tamaño relativo, por cuanto la imposición de un derecho antidumping por parte de un mercado de gran tamaño a un producto de exportación de un país pequeño, puede provocar daño económico de envergadura en éste. Lo anterior constituye una preocupación, particularmente de la zona sur del país, ante amenazas de imposición de derechos por parte de las grandes economías. Debemos tener presente que el derecho antidumping es un instrumento que Canadá ha empleado con frecuencia.


Al mismo tiempo, a partir del año 2003, ambos países se comprometen a no imponer subsidios a las exportaciones agrícolas en el comercio bilateral, lo que supera el compromiso de Canadá frente a la OMC en esta materia.


Alternativamente, se mantiene la posibilidad de utilizar los derechos compensatorios y las salvaguardias. Los primeros permiten actuar en caso de existencia de subvenciones, y por sus características son menos susceptibles de ser utilizados con fines proteccionistas....

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