Resolución núm. 8, publicada el 27 de Agosto de 2012. APRUEBA REGLAMENTO DEL FONDO REGIONAL DE DEPORTE 2012 - GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469194078

Resolución núm. 8, publicada el 27 de Agosto de 2012. APRUEBA REGLAMENTO DEL FONDO REGIONAL DE DEPORTE 2012

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO
Rango de LeyResolución

APRUEBA REGLAMENTO DEL FONDO REGIONAL DE DEPORTE 2012

Núm. 8.- La Serena, 15 de febrero de 2012.- Visto:

- La Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;

- La Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y sus modificaciones;

- La ley Nº 20.557, de Presupuesto para el Sector Público año 2012, que contempla en el Programa de Inversión del Presupuesto del Gobierno Regional de Coquimbo, la transferencia de recursos a municipalidades e instituciones privadas sin fines de lucro, para el desarrollo de actividades deportivas;

- El Acuerdo Nº 5.336 del Consejo Regional de Coquimbo, adoptado en sesión ordinaria Nº 523, de fecha 1 de febrero de 2012;

- La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, se dicta la siguiente

Resolución:

  1. Apruébase el Reglamento del Fondo Regional de Deporte 2012, de conformidad al artículo 16º de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto es el siguiente:

REGLAMENTO OPERATIVO GLOSA COMÚN Nº 02 PUNTO 2.1 PARA TODOS LOS PROGRAMAS 02 DE LOS GOBIERNOS REGIONALES 2% FNDR DEPORTES

TÍTULO I
Disposiciones generales Artículos 1 a 23
Artículo 1º

Hasta un 2% del total de los recursos correspondientes para cada Gobierno Regional a través del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) podrá ser destinado a subvencionar actividades de carácter deportivo que efectúen municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro. Los recursos que se transfieran a las entidades públicas señaladas no se incorporarán a sus presupuestos, sin perjuicio de lo cual deberán rendir cuenta de su utilización a la Contraloría General de la República.

Artículo 2º

El presente reglamento tiene como objetivo regular el procedimiento para el financiamiento de iniciativas deportivas que desarrollen municipalidades, otras entidades públicas e instituciones privadas sin fines de lucro.

Artículo 3º

A través de la presente glosa se financiarán las siguientes líneas de inversión:

  1. Fondo Concursable Tradicional de Iniciativas Deportivas: El objetivo de este fondo estará destinado a financiar iniciativas relacionadas con la masificación de actividades físicas y deportivas, posicionando los valores y beneficios de la actividad física, fortaleciendo el nivel formativo de nuestros niños y jóvenes, mejorando el nivel competitivo de quienes practican actividad física y satisfacer la creciente demanda de adultos mayores por la práctica deportiva. Las líneas específicas a trabajar son:

    . Formación para el deporte.

    . Deporte Recreativo.

    . Deporte de Competición.

    Para la operación de este Fondo Concursable se contará con bases que regulen la convocatoria, asegurando de esta manera la competencia transparente entre quienes presenten iniciativas. El marco presupuestario anual para este Fondo será de un 60% del monto global de la glosa.

  2. El Gobierno Regional de Coquimbo también dispondrá de un "Fondo de Alto Impacto" y un "Fondo para Actividades Deportivas Especiales", los cuales ascenderán al 30% y 10%, respectivamente, del presupuesto global asignado para el ejercicio presupuestario correspondiente. Esta línea de trabajo está destinada a cubrir iniciativas que por su diseño o temporalidad en que se aplican no sean financiables a través del Fondo Concursable y que además de tener vinculación con la Estrategia Regional de Desarrollo, tengan un gran impacto desde el punto de vista del número de personas que beneficia, tanto a nivel de audiencia o de la cantidad de participantes principalmente. Este Fondo estará disponible para ser solicitado hasta agotar los fondos dispuestos para este efecto y deberán ajustarse a las bases administrativas que se dicten para estos fines.

    Las líneas de financiamiento en esta modalidad serán las siguientes:

    Para participar de estos recursos, las organizaciones deberán ajustar sus solicitudes a las siguientes...

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