Aprueba el nuevo Código Procesal Civil. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914502894

Aprueba el nuevo Código Procesal Civil.

Fecha16 Junio 2009
Número de Iniciativa6567-07
Fecha de registro16 Junio 2009
EtapaTramitación terminada Retirado
MateriaCÓDIGO PROCESAL CIVIL
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje
MENSAJE














MENSAJE DE S.E. LAPRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE APRUEBA EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL.

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SANTIAGO, mayo 18 de 2009





MENSAJE 398-357/





Honorable Cámara de Diputados:

A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CAMARA DE

DIPUTADOS.

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que aprueba el nuevo Código Procesal Civil.
  1. Antecedentes.

Los continuos esfuerzos desplegados por el Gobierno de Chile en el sector justicia en los últimos veinte años, han estado encaminados a forjar un proceso histórico de recambio en nuestro sistema jurídico, en la búsqueda constante de una justicia más rápida, más eficaz, más cercana a la gente, de mayor transparencia en su desarrollo, y que, por sobretodo, logre tutelar en forma efectiva los intereses de los sujetos involucrados en cada uno de los conflictos.

Y es que un sistema democrático como el nuestro no se satisface con un reconocimiento de los derechos de las personas sino sólo cuando aquel reconocimiento lleva aparejado, siempre y bajo cualquier circunstancia, un sistema de tutela eficaz que proteja tales derechos ante las eventuales vulneraciones que puedan sufrir. Este sistema debe permitir, junto con llegar a una solución justa, que ésta llegue en tiempo y se materialice con efectividad, a fin de satisfacer en forma real el quiebre de la paz social que implica tal vulneración. Sólo así se reconoce la verdadera existencia de los derechos.

Por ello, la etapa de renovación íntegra de nuestro sistema de justicia, que el Gobierno de Chile ha venido desarrollando en las últimas dos décadas, deviene en un proceso histórico y transformador, que nos prepara para los nuevos desafíos que asumirá nuestro país de cara al bicentenario.

Es así como en materia orgánica, en la década del noventa, ampliamos el número de Ministros de nuestra Corte Suprema y especializamos el conocimiento de las salas que integran dicho tribunal; creamos la Academia Judicial, permitiendo con ello no sólo una preparación especializada y de alta calidad de las nuevas generaciones de jueces, sino además el perfeccionamiento constante de los ya existentes.

Posteriormente, ya a finales de esa misma década, comenzamos con lo que conoceríamos como las reformas procesales, iniciando dicho proceso con el establecimiento de un nuevo sistema procesal penal, cumpliendo con una antigua aspiración: instaurar en Chile un proceso oral, transparente y público, que introdujera en el campo penal soluciones formales diversas a la sentencia judicial, a la vez de crear un sistema que cumple efectivamente con las garantías de un debido proceso, reconociendo a la víctima y al imputado como sujetos de derechos.

Asimismo, ya comenzando la presente década, logramos otro cambio trascendental y esperado, la unificación, en un solo sistema de solución, de los diversos conflictos derivados de las relaciones de familia, a través de la creación de los tribunales de familia. Dejamos atrás la justicia de menores y las diversas materias entregadas a la competencia civil, para comenzar a hablar finalmente de la justicia de familia, como un sistema único, que incorpora junto con la tutela judicial efectiva, un sistema de mediación que permite que sean los propios involucrados en el conflicto quienes alcancen una solución, a través de los acuerdos a que, asistidos por un profesional, arriben libre y voluntariamente.

Por su parte, y en pro de la necesaria integración jurídica de nuestro país a la economía global y a los desafíos que impone un mundo globalizado, establecimos, en el año 2004, la ley de arbitraje comercial internacional, superando con ello un importante vacío que manifestaba nuestro ordenamiento en relación a los conflictos de tal naturaleza.

Finalmente y dentro de una serie de otras modificaciones, creamos la justicia tributaria y modernizamos la justicia laboral, contemplando nuevos y mejores mecanismos de solución de tales controversias, y permitiendo así una sustancial mejora en las condiciones de protección jurídica de los derechos de los trabajadores y un más sano desarrollo de dicha relación contractual.

A pesar del fuerte impulso modernizador, tenemos aún una deuda pendiente, y en uno de los más importante campos de la ciencia jurídica: La justicia civil. Y han sido los propios frutos de dicho impulso modernizador los que han develado en forma importante las actuales carencias del sistema civil, el que por las necesidades históricas de nuestro país y la extrema urgencia de asumir otras reformas, ha quedado aparentemente rezagado en lo que desde hoy ya podemos denominar el antiguo sistema.

Sin embargo no hemos descansado. Por el contrario, pacientemente hemos esperado el momento oportuno de introducir esta importante reforma, cuando la consolidación de los restantes nuevos procesos fuera ya un hecho.

  1. Orígen de la reforma procesal civil.

Concientes de la relevancia que tiene el sistema civil en el sano desarrollo de nuestra convivencia social -tanto por representar la solución a los conflictos sociales más diversos, generales y cotidianos de las personas, así como por constituir en nuestro ordenamiento la base supletoria de todos los restantes sistemas- y esperanzados en conciliar una nueva estructura y concepción de la forma en que esta justicia civil debe administrarse, a la vez de cerrar y complementar el histórico ciclo de reformas, el Ministerio de Justicia en el año 2005 decide asumir este nuevo desafío.

Comenzaron así las primeras actividades de lo que sería la Reforma Procesal Civil, cuyo primer gran fruto es el presente proyecto de ley que hoy someto, ante este Honrable Congreso, a vuestra consideración.

Las labores de diseño legislativo de esta importante reforma comenzaron con una especial convocatoria, en mayo de 2005, por parte del Ministerio de Justicia a destacados académicos especialistas en Derecho Procesal, representantes a su vez de diversas Universidades e instituciones integrantes del mundo jurídico, así como también de diversos intervinientes del amplio y diverso campo del Derecho. Fue así como académicos, magistrados, abogados litigantes y destacados personeros del mundo público se reunieron en el denominado “Foro Procesal Civil”, con el claro objetivo de entregar a Chile una nueva justicia civil.

La generosa labor de este grupo de destacados académicos se desarrolló principalmente en dos grandes etapas. La primera, en la generación de las bases generales y principios del nuevo sistema. La segunda, en la discusión y generación del contenido del proyecto de Código Procesal Civil, que hoy presentamos a vuestra consideración.

La mencionada primera etapa se desarrolló entre los meses de mayo y diciembre del año 2005, y basó su trabajo en los aportes de sus miembros y, principalmente, en los documentos elaborados especialmente a este efecto, por dos de las más prestigiosas Universidades de nuestro país: “Propuesta De Bases Para Redactar Un Nuevo Código Procesal Civil Para La República de Chile” elaborado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, y “Bases Generales Para Una Reforma Procesal Civil”, elaborado por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.

Esta primera etapa del Foro estuvo integrada por los siguientes académicos: Don Cristian Maturana Miquel, don Juan Agustín Figueroa Yavar, don Raúl Tavolari Oliveros y don Raúl Nuñez Ojeda, de la Universidad de Chile; don Orlando Poblete Iturrate y don Alejandro Romero Seguel, de la Universidad de Los Andes; don Jorge Vial Álamos, don José Pedro Silva Prado y don Juan Pablo Domínguez Balmaceda, de la Universidad Católica de Chile; doña Nancy de la Fuente Hernández, don Claudio Díaz Uribe y don Eduardo Jara Castro, de la Universidad Diego Portales; don Miguel Otero Lathrop, del Instituto Chileno de Derecho Procesal; las señoras juezas civiles doña Dora Mondaca Rosales y doña Claudia Lazen Manzur, del Instituto de Estudios Judiciales; y el abogado asesor del Ministerio de Justicia don Rodrigo Zúñiga Carrasco. Actuó como Coordinador de esta primera etapa, don Orlando Poblete Iturrate; como Secretario Ejecutivo, don Rodrigo Zúñiga Carrasco; y como secretarios de actas los abogados de la Universidad de Chile señores Matías Insunza Tagle y Cristóbal Jimeno Chadwick.

Las labores de este primer ciclo culminaron en diciembre del año 2005, con la entrega de un informe al Ministerio de Justicia, y por...

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