Aprueba las modificaciones a los artículos 38º, 37º, 14º y 15º de los estatutos de la Organización Mundial de Turismo y a los Párrafos 12 y 13 de las Reglas de Financiación anexas a dichos Estatutos, adoptadas en la Tercera, Cuarta, Quinta y Séptima Asamblea General de la Organización.
Fecha | 06 Septiembre 1995 |
Número de Iniciativa | 1689-10 |
Fecha de registro | 06 Septiembre 1995 |
Etapa | Tramitación terminada En tramitación |
Materia | ACUERDOS INTERNACIONALES, ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL TURISMO |
Tipo de proyecto | Proyecto de acuerdo |
Cámara Legislativa de Origen | Senado,Mensaje |
BOLETIN Nº 1689-10
MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA LAS MODIFICACIONES A LOS ARTÍCULOS 38º, 37º, 14º Y 15º DE LOS ESTATUTOS DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE TURISMO Y A LOS PARRAFOS 12 Y 13 DE LAS REGLAS DE FINANCIACION, ANEXAS A DICHOS ESTATUTOS, ADOPTADAS MEDIANTE LAS RESOLUCIONES 61 (III) DE 1979, 92 (IV) Y 93 DE 1981, 134 (V) y 135 (V) DE 1983 Y 208 (VII) de 1987 EN LA TERCERA, CUARTA, QUINTA Y SEPTIMA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION, RESPECTIVAMENTE.
SANTIAGO, agosto 28 de 1995.
M E N S A J E Nº 356-331/
Honorable Senado:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración las Modificaciones a los artículos 38º 37º, 14º y 15º de los Estatutos de la Organización Mundial de Turismo (OMT), y a los Párrafos 12 y 13 de las Reglas de Financiación, anexas a dichos Estatutos, adoptadas mediante las Resoluciones 61 (III) de 1979, 92 (IV) y 93 (IV) de 1981, 134 (V) y 135 (V) de 1983 y 208 (VII) de 1987 en la Tercera, Cuarta, Quinta y Séptima Asamblea General de la organización, respectivamente.
La Organización Internacional de Turismo es una organización de carácter intergubernamental, de la cual el Estado de Chile es miembro efectivo desde el 9 de abril de 1974, que tiene por objetivo fundamental promover el turismo en vistas a contribuir al desarrollo económico, la comprensión internacional, la paz, la prosperidad y el respeto universal, y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, sin distinción de raza, sexo, lugar o religión. Los Estatutos de la Organización fueron promulgados por Decreto Supremo Nº 769 del Ministerio de Relaciones...
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