Aprueba el II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú de Integración y Cooperación entre la República de Chile y la República Argentina Relativo al Proyecto Túnel Internacional Paso de Agua Negra, suscrito entre las mismas Partes en Santiago, Chile, el 23 de diciembre de 2014. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914517354

Aprueba el II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú de Integración y Cooperación entre la República de Chile y la República Argentina Relativo al Proyecto Túnel Internacional Paso de Agua Negra, suscrito entre las mismas Partes en Santiago, Chile, el 23 de diciembre de 2014.

Fecha28 Abril 2015
Número de Iniciativa10026-10
Fecha de registro28 Abril 2015
EtapaTramitación terminada D.S N° 112 (Diario Oficial del 21/11/2015)
MateriaSEGUNDO PROTOCOLO COMPLEMENTARIO AL TRATADO DE MAIPÚ DE INTEGRACIÓN Y COOPERACIÓN CHILE- ARGENTINA (23 DE DICIEMBRE 2014: SANTIAGO DE CHILE), TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA NEGRA
Tipo de proyectoProyecto de acuerdo
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje
MENSAJE DE S











MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL II PROTOCOLO COMPLEMENTARIO AL TRATADO DE MAIPÚ DE INTEGRACIÓN Y COOPERACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DE ARGENTINA RELATIVO AL PROYECTO “TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA NEGRA”.

SANTIAGO, 5 de marzo de 2015.-





MENSAJE 1275-362/







Honorable Cámara de Diputados:


A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADOS

Tengo el honor de someter a vuestra consideración el II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú de Integración y Cooperación entre la República de Chile y la República de Argentina Relativo al Proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra”, suscrito entre las mismas Partes en Santiago, Chile, el 23 de diciembre de 2014. I.ANTECEDENTES

La suscripción del Tratado de Maipú de Integración y Cooperación, el 30 de octubre de 2009, constituyó un paso histórico en el proceso de integración chileno-argentina, y ha ayudado a ambas naciones a ir enfrentando los grandes desafíos que presenta la globalización y los diferentes retos de este siglo. Este tratado fue promulgado mediante decreto supremo N°1, de 4 de enero de 2010, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y publicado en el Diario Oficial el 2 de marzo del mismo año.

Conjuntamente con dicho Tratado, se firmaron dos Protocolos Complementarios: uno sobre la constitución de la Entidad Binacional para el Proyecto “Túnel de Baja Altura- Ferrocarril Trasandino Central” y otro sobre la constitución de la Entidad Binacional para el Proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra”. Este último instrumento estableció un mecanismo de trabajo para el estudio y evaluación del proyecto señalado, que permitiría entregar a las Partes los elementos necesarios para tomar una decisión sobre la factibilidad y conveniencia de llevar a cabo este.

El mecanismo para la creación de la Entidad Binacional para el Proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra” (EBITAN) está previsto en los artículos 1, inciso g; 2 y 24 del Tratado de Maipú de Integración y Cooperación. En este se contempla priorizar la celebración de protocolos complementarios específicos, relativos a la realización de aquellos proyectos de infraestructura de transporte vial y/o ferroviarios que se consideren de interés estratégico para el proceso de integración binacional. En dicho marco, establece la posibilidad de crear Entidades Binacionales de carácter público, conviniendo las Partes su estructura jurídica, composición y competencias; las que, entre otras materias, podrían llevar adelante los procedimientos necesarios para la realización de los estudios técnicos, la elaboración de la documentación para la contratación de los trabajos y la construcción de las obras; junto con su administración y operación posteriores.

Conforme a lo señalado en el Protocolo Complementario de 2009, en una primera etapa, la EBITAN realizaría estudios para evaluar el Proyecto. Luego, en una segunda etapa, si las Partes decidieren la realización de la obra, reuniría los antecedentes necesarios a fin de elaborar los pliegos correspondientes a la concreción del Proyecto, junto con proceder al llamado de licitación pública y a la adjudicación del proyecto. También, actuando como organismo de control, asumiría para tal fin las funciones regulatorias y de supervisión necesarias para verificar el cumplimiento de los contratos y requerir de los organismos de ambos Gobiernos toda la asistencia técnica y la información que considerare necesaria para el cumplimiento de sus fines.

Asimismo, el Protocolo Complementario sobre la constitución de la EBITAN prevé que las Partes convendrán, mediante acuerdos específicos, las facilitaciones que sean requeridas para la ejecución del Proyecto y/o para preservar y garantizar los fines previstos en dicho instrumento.

El II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú de Integración y Cooperación entre la República de Chile y la República de Argentina Relativo al Proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra” va en dicha dirección, al decidir realizar el Proyecto, establecer el marco regulatorio por el que se regirá, definir las características y facultades de la EBITAN, junto con su financiamiento; establecer un Área de Operaciones binacional y explicar las servidumbres, expropiaciones y otros temas. Además, se entregan como anexos una Memoria Descriptiva del Proyecto, un listado de estudios realizados y la definición del Área binacional de Operación (AdO).

II.EL PROYECTO “TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA NEGRA”

El Proyecto comprende el diseño, construcción, administración, mantenimiento y explotación de un túnel binacional en el paso fronterizo de Agua Negra, punto de unión entre la IV Región de Coquimbo y la Provincia Argentina de San Juan; e incluye además los estudios realizados por ambos países, más los que en el futuro se realicen con aprobación de la EBITAN.

La obra consiste en un túnel vial, en el tramo transfronterizo de dicha conexión, en el paso de Agua Negra, de aproximadamente 13,9 kilómetros.

Con ello, bajaría la altura del cruce de frontera desde unos 4.800 a 4.000 metros sobre el nivel del mar, en la boca del lado argentino, y hasta 3.600 metros sobre el nivel del mar en el lado chileno. Así, mejoraría la ruta actual, de interés para el transporte de cargas y pasajeros, y para el tránsito de vehículos particulares, en su mayoría provenientes de San Juan.

Atendiendo a su condición de obra pública y de carácter transfronterizo, se convino que la ejecución del Proyecto estaría sujeta a una licitación pública internacional en un proceso único cuyas bases deben ser previamente acordadas por ambas Partes en el seno de la EBITAN.

La distribución del costo será en proporción a la participación territorial de cada país en el túnel, así como los riesgos asociados. De esta manera, un 28% del costo corresponderá a Chile y un 72% a Argentina. El costo estimado es de USD 1,413.6 millones, excluidos los impuestos, incluyendo principalmente obras civiles, instalaciones electromecánicas, puesta en marcha y supervisión de obras.

La construcción de la obra obedecerá a un diseño único, bajo contratos de construcción que se suscribirán con sujeción a las especificaciones técnicas de la memoria descriptiva.

Por último, cabe destacar que la construcción del Túnel Internacional Paso de Agua Negra generará varios efectos multiplicadores positivos, principalmente en la IV Región de Coquimbo en Chile y en la Provincia de San Juan en Argentina, tales como:

  • El aumento del atractivo del eje para el comercio, la industria y los servicios; y el desarrollo de las ciudades y de los centros poblados, principalmente en lo que dice relación con los ejes Coquimbo-La Serena, San Juan, Córdoba y Rosario.

  • La reducción del recorrido actual, en 44 kilómetros.

  • El aumento del turismo en el área de influencia, creando nuevas oportunidades para los proveedores de servicios del sector.

  • La contribución al intercambio e integración social y cultural de la macroregión, y a la visión de nuevas complementariedades.

  • La reducción de los costos de transporte para las actividades económicas instaladas, principalmente en el eje San Juan-Coquimbo-La Serena, tales como: la cal, los productos e insumos mineros, los vinos, el aceite de oliva, las carnes, los lácteos y otros productos agropecuarios; y los productos industriales.

  • Una mayor demanda de servicios del puerto de Coquimbo.

  • El aumento de la viabilidad de desarrollo de varios proyectos mineros binacionales.

  • Una alternativa complementaria que permitirá descentralizar y descongestionar los flujos transfronterizos entre Chile y Argentina en el Eje Mercado Común del Sur (Mercosur)-Chile.

  • Contribuir al proceso de descentralización regional del país.

III.ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL II PROTOCOLO COMPLEMENTARIO

El II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú...

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