Aprueba el Arreglo de Locarno, que establece una Clasificación Internacional para los Dibujos y Modelos Industriales, suscrito en Locarno, Suiza, el 8 de octubre de 1968, y enmendado el 28 de septiembre de 1979 - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 1028741022

Aprueba el Arreglo de Locarno, que establece una Clasificación Internacional para los Dibujos y Modelos Industriales, suscrito en Locarno, Suiza, el 8 de octubre de 1968, y enmendado el 28 de septiembre de 1979

Fecha de registro01 Abril 2024
Número de Iniciativa16689-10
Tipo de proyectoProyecto de acuerdo
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje
REPUBLICA DE CHILE
MINISTERIO
SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN
PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL
ARREGLO DE LOCARNO QUE ESTABLECE UNA
CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL PARA LOS
DIBUJOS Y MODELOS INDUSTRIALES,
FIRMADO EN LOCARNO EL 8 DE OCTUBRE DE
1968 Y ENMENDADO EL 28 DE SEPTIEMBRE
DE 1979
Santiago, 12 de marzo de 2024
MENSAJE 004-372/
Honorable Cámara de Diputadas y Diputados:
En uso de mis facultades
constitucionales, tengo el honor de someter
a vuestra consideración el presente proyecto
de acuerdo que aprueba el Arreglo de Locarno
que establece una Clasificación
Internacional para los Dibujos y Modelos
Industriales, suscrito en Locarno, Suiza, el
8 de octubre de 1968 y enmendado el 28 de
septiembre de 1979 (en adelante, el “Arreglo
de Locarno” o el “Arreglo”).
I. ANTECEDENTES
La Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual (en adelante, la OMPI) es el
foro mundial dedicado a la generación de
servicios y políticas y al fomento de la
cooperación e intercambio de información en
materia de propiedad intelectual (en
adelante, PI). Es un organismo de las
Naciones Unidas que cuenta con 193 Estados
miembros, entre los cuales se encuentra
Chile
1
.
1
Chile se adhirió a la OMPI en 1975.
A S.E. EL
PRESIDENTE
DE LA H.
CÁMARA DE
DIPUTADAS Y
DIPUTADOS.
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MINISTERIO
SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Actualmente, esta organización
administra 26 tratados internacionales
(incluyendo el que crea la OMPI)
2
, de los
cuales 15 se refieren a temas relacionados
con la protección de PI; 6 corresponden a
cuestiones relacionadas con el registro de
los derechos de PI; y 4 corresponden a los
denominados “tratados de clasificación de
los derechos de PI” (en adelante, “Tratados
de Clasificación). Chile es parte de 11 de
esos 26 tratados internacionales, estando
todavía muy rezagado respecto de los demás
países de la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos
(“OCDE”).
El Arreglo de Locarno corresponde a un
Tratado de Clasificación, el cual establece
una clasificación internacional para los
dibujos y modelos industriales.
II. TRATADOS DE CLASIFICACIÓN
Con el fin de facilitar los
procedimientos de solicitud de derechos de
PI en el mundo, la comunidad internacional
ha tendido a la estandarización de dichos
procedimientos, de manera que sus usuarias
y usuarios no se enfrenten a diferentes
requisitos y estándares en cada país en el
que quieran proteger sus creaciones,
invenciones y emprendimientos.
Ejemplo de esta estandarización son las
denominadas “clasificaciones”, que
constituyen una herramienta esencial para la
correcta administración de un sistema de PI,
ya que simplifican sustancialmente los
trámites de solicitud de derechos y
facilitan la labor de las oficinas de PI en
el mundo, evitando un trabajo sustancial de
reclasificación cuando se intercambian
documentos a nivel internacional.
2
La lista de esos 26 tr atados se encuentra disponible en:
https://www.wipo.int/treaties/es/index.html?gclid=Cj0KCQiAgK2qBhCHARIsAGACuzkL6
r-Ytx3lcpO10ul2IxWz-6UnxfzQt-l5YfxLDP8AiRnvlzGaQgAaAldgEALw_wcB.
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SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Las clasificaciones, a su vez, permiten
la investigación a partir de información
relevante referida a derechos de propiedad
industrial, la cual es especialmente útil
para la comunidad empresarial. Como
consecuencia de ello, las clasificaciones se
han convertido en una herramienta de
búsqueda indispensable para la obtención de
información de valor comercial y tecnológico
de los derechos otorgados.
A raíz de lo anterior, los tratados de
clasificación -y su adhesión por parte de
los diferentes países-, proporcionan un
medio sumamente útil y eficaz de
cooperación, ya que, según se mencionó,
permiten la búsqueda de información y
facilitan, además, la solicitud de
protección en otros países. Esta ventaja es
particularmente importante en la
actualidad, donde existen bases de datos de
las distintas categorías de derechos de
propiedad industrial. El hecho de que exista
una clasificación uniforme facilita la
integración y comparación de información
entre las distintas bases de datos.
Asimismo, mediante los Tratados de
Clasificación, los Estados logran una mejor
integración y convergencia con el sistema
internacional de protección de PI que
administra la OMPI, facilitando el
intercambio de información y la protección
de derechos de PI en múltiples países.
En definitiva, la adhesión a este tipo
de tratados permite que nuestro sistema de
PI continúe modernizándose, promoviendo así
la competitividad de nuestra matriz
productiva e incentivando la innovación y el
emprendimiento. Lo anterior permite
consolidar la inserción de Chile en el
escenario global en dichas materias, y
fortalece nuestro interés por constituirnos
en un polo de innovación en la región
latinoamericana, atrayendo a quienes
inventan, crean e invierten en nuevos
desarrollos.
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