Decreto núm. 610, publicado el 27 de Mayo de 1995. APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS - MUNICIPALIDAD DE LEBU - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 496585162

Decreto núm. 610, publicado el 27 de Mayo de 1995. APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LEBU
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS

Núm. 610.- Lebu, 24 de Mayo de 1995.- Visto: La Ley 19.380, que establece modalidades de aplicación de los reavalúos de Bienes Raíces no agrícolas; carta de fecha 20 de Abril de 1995 emanada del Director del Servicio de Impuestos; Circular N° 026 de fecha 19 de Abril de 1995 emanada del Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo; Acuerdo del Concejo Municipal en sesión N° 22 del 23 de Mayo de 1994 y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Decreto

  1. - Apruébese el adelanto de la vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la Comuna de Lebu, a partir del segundo semestre de...

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