Aprueba el Acuerdo de Convenio entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de Suriname relativo a la exención del requisito de Visa para los titulares de pasaportes válidos diplomáticos u otros similares, suscrito en Paramaribo, el 28 de Enero de 1994. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914516138

Aprueba el Acuerdo de Convenio entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de Suriname relativo a la exención del requisito de Visa para los titulares de pasaportes válidos diplomáticos u otros similares, suscrito en Paramaribo, el 28 de Enero de 1994.

Fecha06 Julio 1994
Fecha de registro06 Julio 1994
Número de Iniciativa1267-10
EtapaTramitación terminada D.S. Nº 146 (Diario Oficial del 08/07/2013)
MateriaVISAS
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Senado
Tipo de proyectoProyecto de acuerdo
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MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO RELATIVO AL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE SURINAME RELATIVO A LA EXENCION DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES VALIDOS DIPLOMATICOS U OTROS SIMILARES.

SANTIAGO, junio 20 de 1994.



MENSAJE Nº 99-329



Honorable Senado:



Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Suriname Relativo a la Exención del Requisito de Visa para los Titulares de Pasaportes Válidos Diplomáticos u Otros Similares, suscrito en Paramaribo el 28 de enero de 1994.

El propósito del referido Convenio es incrementar los vínculos de amistad que nuestro país ha tenido con la República de Suriname, permitiendo a los titulares de pasaportes diplomáticos, de servicio, oficiales o especiales el ingreso a los respectivos territorios sin el requisito de la visa correspondiente.

El pasaporte de servicio que se otorga en la República de Suriname a determinadas personas que van a prestar servicios especiales en otro país, si bien no está considerado en la normativa interna de nuestro país, corresponde por sus características al pasaporte oficial chileno.

El presente Acuerdo celebrado en base al principio de reciprocidad y que comprende la exención de visas a las categorías de pasaportes diplomáticos, de servicio, oficiales o especiales constituye una excepción a la legislación de extranjería vigente en Chile contenida en el D.L. Nº 1094 y en el Decreto Nº 597, de 1984, del Ministerio del Interior, la que establece que los residentes oficiales y demás residentes sólo podrán ingresar al país premunidos de pasaportes u otro documento análogo debidamente visado.

La modificación a la legislación interna antes referida, encuentra su plena justificación en los elevados propósitos de amistad y cooperación entre ambos gobiernos que inspiran este Acuerdo Internacional.

Las normas del Acuerdo regulan detalladamente las condiciones y la...

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