Aprueba el Acuerdo de Asociación Económica Integral entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Indonesia, suscrito en Santiago, República de Chile, el 14 de diciembre de 2017 - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914515220

Aprueba el Acuerdo de Asociación Económica Integral entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Indonesia, suscrito en Santiago, República de Chile, el 14 de diciembre de 2017

Fecha17 Mayo 2018
Número de Iniciativa11748-10
Fecha de registro17 Mayo 2018
EtapaTramitación terminada D.S N° 100 (Diario Oficial del 08/10/2019)
MateriaACUERDO DE ASOCIACION ECONOMICA INTEGRAL ENTRE CHILE E INDONESIA (14 DIC. 2017)
Tipo de proyectoProyecto de acuerdo
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje
MENSAJE DE S


MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL ACUERDO DE ASOCIACIÓN ECONÓMICA INTEGRAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE INDONESIA, SUSCRITO EN SANTIAGO, REPÚBLICA DE CHILE, EL 14 DE DICIEMBRE DE 2017.



Santiago, 09 de abril de 2018.







MENSAJE 009-366/






Honorable Cámara de Diputados:


A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADOS

En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el “Acuerdo de Asociación Económica Integral entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Indonesia”, suscrito en Santiago, República de Chile, el 14 de diciembre de 2017. I.ANTECEDENTES

La política de apertura comercial impulsada por Chile durante las últimas décadas ha permitido incrementar considerablemente tanto los volúmenes de exportaciones y la presencia de productos chilenos en el exterior, como la posibilidad de acceder a productos y servicios de origen extranjero. Esto ha llevado a nuestro país a concretar una amplia red de acuerdos comerciales que abarca más del 86% del Producto Interno Bruto mundial, convirtiéndose en un ejemplo de inserción internacional en un mundo cada vez más globalizado. Además, los acuerdos comerciales celebrados por Chile han cimentado este aumento en el comercio, permitiendo generar un clima de seguridad y confianza para realizar negocios.


Desde el año 2003, Chile ha enfocado su inserción en la región del Asia Pacífico, suscribiendo Acuerdos Comerciales con Corea (2003), China (2005), P4 (Nueva Zelanda, Singapur y Brunei Darussalam - 2005), India (2006), Japón (2007), Australia (2008), Malasia (2010), Vietnam (2011), Hong Kong SAR, China (2012), Tailandia (2013), una Ampliación del Acuerdo de Alcance Parcial entre Chile e India (2016) y el Protocolo de Modificación del Tratado de Libre Comercio y del Acuerdo Complementario sobre Comercio de Servicios entre Chile y China (2017).


La República de Indonesia cuenta una población superior a los doscientos cincuenta y nueve millones de habitantes, lo que la ubica como la cuarta nación más poblada del mundo. Además, es en la actualidad la décimo sexta economía del orbe, por el volumen de su Producto Interno Bruto, que creció el año 2017 en un 5,2%, proyectándose en un 5,3% para el año 2018. Se trata de un socio comercial muy importante, tanto por su destacado crecimiento económico como por el volumen de su población, que demandará día a día más y mejores productos, que Chile puede proveer.


Indonesia es actualmente el trigésimo noveno socio comercial de Chile, alcanzando el intercambio comercial el año 2016 un total de US$227 millones.


La negociación del Acuerdo de Asociación Económica Integral entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Indonesia suma un nuevo hito de importancia en la relación bilateral, toda vez que Chile es el primer país de Sudamérica en celebrar un Acuerdo Comercial bilateral con Indonesia.



El Acuerdo abarca el comercio de mercancías y sus disciplinas asociadas, entre las cuales destaca la inclusión de capítulos sobre reglas de origen, facilitación del comercio, medidas sanitarias y fitosanitarias, obstáculos técnicos al comercio y cooperación. Además, se incorporó una cláusula evolutiva que refleja la intención de ambos países de iniciar, en el corto plazo, una segunda fase de negociación para incorporar capítulos sobre comercio de servicios e inversiones.

II.EL COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DE INDONESIA.

La relación comercial entre Chile e Indonesia ha experimentado un crecimiento desde el año 2003. Desde esa fecha al año 2016, el intercambio de bienes aumentó de US$158 millones a US$227 millones.


Dado que las exportaciones chilenas fueron inferiores a las importaciones desde Indonesia, existió un saldo comercial deficitario de US$94 millones en 2016.


Durante el período enero-noviembre de 2017, el intercambio comercial entre ambos países ascendió a US$283 millones, con un crecimiento anual de 37% respecto de igual período del año 2016.


Entre enero y noviembre de 2017, las exportaciones chilenas hacia Indonesia ascendieron a US$98 millones, incrementándose un 66% respecto de igual período del año anterior. Destaca el incremento de las exportaciones mineras no cobre, aumentando en más de 115 veces, tras totalizar US$39 millones en el período enero-noviembre de 2017, comparado con igual período del año anterior.


En similar período destacan los envíos industriales, que tras totalizar US$40 millones, concentraron un 41% del total exportado entre enero y noviembre de 2017.


Por su parte, las exportaciones de frutas se expandieron un 72%, tras registrar envíos por US$14 millones en el período mencionado anteriormente.


En igual período, las importaciones desde Indonesia sumaron US$185 millones, registrando un importante aumento de 25% anual. En detalle, los bienes intermedios se incrementaron un 2,4%, mientras que los bienes de capital un 22%. El salto cuantitativo más grande fue el de las importaciones de bienes de consumo, de un 36%.


En el año 2016 las exportaciones chilenas totales a Indonesia correspondieron al embarque de 97 productos exportados por 131 empresas.

  1. Evolución de las Exportaciones

Con la firma del Acuerdo y la liberalización comercial que esto conlleva, se espera que se continúen expandiendo los envíos nacionales, los que a noviembre de 2017 ascendieron a US$98 millones, con un crecimiento anual de 66%.


Entre los principales productos embarcados a Indonesia destacan la celulosa, harina de pescado, uvas frescas, cobre, aceites de pescado, hierro, salmónidos, madera, salitre y abonos. En su conjunto, estos 10 productos concentran el 87% de los embarques a este país.

  1. Evolución de las Importaciones

Acumuladas a noviembre del año 2017, las importaciones desde Indonesia se han expandido un 25% en comparación al mismo período del año anterior. Desde el año 2003 a 2016, éstas se duplicaron.


Chile importa una amplia canasta de productos desde Indonesia, contabilizando a diciembre del 2016 la internación de 884 productos.


Son 381 las empresas chilenas importadoras de productos provenientes de Indonesia.

Los principales productos importados desde Indonesia durante el 2016 son calzados, maquinarias, vehículos y prendas de vestir.


III. ESTRUCTURA DEL TRATADO

El Acuerdo de Asociación Económica Integral entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Indonesia consta de un Preámbulo y catorce Capítulos: Disposiciones Iniciales; Definiciones Generales; Comercio de Mercancías; Reglas de Origen; Procedimientos Aduaneros y Cooperación; Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; Obstáculos Técnicos al Comercio; Defensa Comercial; Cooperación; Transparencia; Administración; Solución de Controversias; Excepciones, y Disposiciones Finales.

  1. Disposiciones Iniciales

El Capítulo 1, sobre Disposiciones Iniciales, establece una zona de libre comercio entre las Partes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994.


Las Partes confirman sus derechos y obligaciones en virtud del Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio y otros acuerdos internacionales en los que éstas son parte.


En ese sentido, se precisa que en el evento que una Parte estime que una disposición del Acuerdo sea incompatible con una de otro acuerdo en que ambas sean partes, se realizarán consultas para alcanzar una solución mutuamente satisfactoria. Esto, sin perjuicio del Capítulo 12 del Acuerdo (Solución de Controversias).


En relación con lo anterior, las Partes acordaron que el hecho de que un acuerdo disponga un trato más favorable a mercancías que el otorgado en virtud de este...

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