Se anuncia - Práctica Forense (materia civil) - Contratos - VLEX 903511682

Se anuncia

AutorAnibal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aMarzo 2022
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arrendada, sin que -previamente- se le pague o se le asegure el importe de aquélla,
por el arrendador. Agrega, que no se extiende, esta regla, al caso de extinción
involuntaria del derecho del arrendador, sobre la cosa arrendada.
La actual Ley de Arrendamiento expresa que este reclamo deberá interponerse
en la audiencia del quinto día hábil a que el Tribunal debe citar a las partes conforme
con el art. 683 del C. de Procedimiento Civil.
La solicitud se puede formular verbalmente; o por escrito.
207.- Renuncia a plazos.
S.J.L. EN LO CIVIL DE …………………… (…….)
………………………, , abogado, por el demandante, en autos sobre
interdicción y curaduría caratulados ………………….”, causa ROL ……………….
a U.S. respetuosamente digo:
Que, por este acto, vengo en renunciar a todos los plazos y recursos que
procedan en contra de la sentencia definitiva dictada en autos, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 7°, inciso segundo del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO,
SOLICITO A U.S, se tenga presente.
S. 208.- Se anuncia.
SECRETARIA :……………..
ROL :……………..
CARATULA :……………..
SE ANUNCIA :……………..
ILUSTRÍSIMA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO.
………………………………., Abogado por la parte recurrida de autos, ya
individualizada en la presuma de esta presentación, a SS. I:, respetuosamente digo:

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