Decisión nº C1783-15, de Consejo de Transparencia de 15 de Septiembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 588667890

Decisión nº C1783-15, de Consejo de Transparencia de 15 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaOrden y Seguridad Interior, Grupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C1783-15

Entidad pública: Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Requirente: Andy Polo Chistama.

Ingreso Consejo: 03.08.2015.

En sesión ordinaria N° 647 de su Consejo Directivo, celebrada el 15 de septiembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1783-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 15 de junio de 2015, don Franz Möller Morris, en representación de don Andy Polo Chistama, realizó una presentación al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a través de la cual solicitó copia de expediente administrativo del ciudadano peruano don Andy Eder Polo Chistama, en que constan todos los antecedentes que digan relación con su situación migratoria.

2) Que, el 03 de agosto de 2015, don Franz Möller Morris, en representación de don Andy Polo Chistama, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, fundado en la ausencia de respuesta a su requerimiento.

3) Que, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada del "Sistema Anticipado de Resolución de Controversias" (SARC), a fin de realizar las gestiones necesarias con el objeto de obtener por parte del organismo reclamado la información solicitada por la parte reclamante.

4) Que, en el marco de dicho procedimiento, mediante correos electrónicos de...

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