ANA MARIA AGUILERA IBARRA. D-024-2021
Número de expediente | D-024-2021 |
Fecha | 28 Enero 2021 |
Estatus | Terminado - Sanción |
Unidad Auditable | PANADERÍA MÁS PAN |
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RESUELVE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
SANCIONATORIO ROL D-024-2021, SEGUIDO EN
CONTRA DE ANA MARÍA AGUILERA IBARRA, T ITULAR
DEL ESTABLECIMIENTO “PANADERÍA MÁS PAN”
RESOLUCIÓN EXENTA N°2128
SANTIAGO, 01 de octubre de 2021
VISTOS:
Lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley Orgánica
de la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, “LOSMA”); en la Ley N° 19.300, sobre
Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley N° 18.575, LeyOrgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
en el Decreto Supremo N° 15 del año 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Plan
de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo
O’Higgins (en adelante, “D.S. N° 15/2013” o “PDA Valle Central de O’Higgins); en el Decreto con
Fuerza de Ley N° 3, del año 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija la
Planta de la Superintendencia del Medio Ambiente; en el Decreto N° 31, de 08 de octubre de 2019,
que nombra a Cristóbal de la Maza Guzmán en el cargo de Superintendente del Medio Ambiente;
en la Resolución Exenta N° 2.516, de 21 de diciembre de 2020, de la Superintendencia del medio
Ambiente que fija organización interna de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Resolución
Exenta RA 119123/45/2021, de 2021, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que nombra a la
junio de 2004 del Ministerio de Hacie nda, que fija el texto re fundido coordinado y sistem atizado
de l a Ley N° 18.834, que aprueba Estat uto Administrati vo; en la Resolución Exenta N° 85, de 22
enero de 2018, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Aprueba Bases Metodológicas para
la Determinación de Sanciones Ambientales - Actualización; en el procedimiento administrativo
sancionatorio Rol D-024-2021; y en la Resolución N° 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría
General de la República, que fija Normas Sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
I. IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO INFRACTOR Y
DEL INSTRUMENTO DE GESTIÓN
AMBIENTAL DE COMPETENCIA DE LA
SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO
AMBIENTE
1. El presente procedimiento sancionatorio, Rol
D-024-2021, iniciado con fecha 28 de enero de 2021, fue dirigido en contra de Ana María Aguilera
Ibarra (en adelante, “la titular”), Rol Único Nacional N° 6.234.121-1, titular del establecimiento
denominado “Panadería Más Pan”, ubicado en calle Milan N°1072, Recreo 2, comuna de Rancagua,
Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
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