Amplía los casos en que la Policía de Investigaciones de Chile puede proceder a la detención de personas, sin orden judicial previa. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914501745

Amplía los casos en que la Policía de Investigaciones de Chile puede proceder a la detención de personas, sin orden judicial previa.

Fecha31 Julio 2007
Número de Iniciativa5227-07
Fecha de registro31 Julio 2007
EtapaArchivado
MateriaINVESTIGACIONES DE CHILE, ORDEN JUDICIAL
Autor de la iniciativaKuschel Silva, Carlos Ignacio
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL <a href="https://vlex.cl/vid/ley-establece-codigo-procesal-penal-238903838">ARTÍCULO 85</a> DEL <a href="https://vlex.cl/vid/ley-establece-codigo-procesal-penal-238903838">CÓDIGO PROCESAL PENAL</a>, REFORZANDO LAS ATRIBUCIONES POLICIALES EN LA PRÁCTICA DEL CONTROL DE IDENTIDAD, DE LA MANERA Y CON LAS GARANTÍAS QUE INDICA

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 85 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL, REFORZANDO LAS ATRIBUCIONES POLICIALES EN LA PRÁCTICA DEL CONTROL DE IDENTIDAD, DE LA MANERA Y CON LAS GARANTÍAS QUE INDICA.


Toda política pública exhibe sus resultados al cabo de un tiempo de su puesta en práctica.


En materia de seguridad ciudadana, son cada vez más frecuentes los informes públicos pero también las percepciones sobre su fracaso, haciendo evidente la necesidad de formular una serie de ajustes de perfeccionamiento al sistema que se hace cargo de la sanción, control y prevención de la delincuencia en Chile


Uno de los pilares del esquema antes señalado lo constituye el sistema penal, incluyendo su proceso, cuya capacidad de reacción es trascendental y de la que depende en relación directa la efectividad en la lucha contra el crimen.


El tiempo prudente para contrastar resultados luego de la marcha de la profunda reforma procesal penal ya ha acontecido y es más que suficiente para concluir resultados. Ellos, arrojan por cierto aciertos pero también falencias, que es necesario abordar a la brevedad.


Uno de dichos aspectos lo constituye la facultad de detención de personas sometidas al control de identidad establecido por el artículo 85 del Código Procesal Penal, las que verificadas ciertas circunstancias, que permitan presumir fundadamente por las policías el estar frente a un intento de comisión de un delito por parte de aquellas, hace más que justificable dicha medida preventiva, naturalmente que siempre con el atento y debido respeto a sus garantías individuales.


Los datos arrojados por los estudios de victimización, temor y denuncias efectuadas, hecho por la Fundación Paz Ciudadana y Adimark1, señalan que los índices de dichas variables han crecido importantemente a noviembre de 2006, eso sí con un importante reconocimiento a la función policial, dato que hace evidente que el reforzamiento de las funciones policiales para el combate contra la delincuencia, con el debido apego a la ley y resguardo de sus garantías, se encuentra respaldado por la ciudadanía, que ve a las policías como los agente más cercanos, y por tanto eficaz, en relación con el problema que más la aqueja: la delincuencia2.


Cabe señalar que el presente proyecto de ley tiene en cuenta la actual tramitación del proyecto de ley que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal en...

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